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El Consejo del Audiovisual de Cataluña olvida al Juego Privado en sus alegaciones al Real Decreto de Publicidad

 
El Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) reclama la prohibición de emitir publicidad de juegos de azar y apuestas durante la franja de horario protegido, que va de las 6 a las 22 horas. También pide eliminar la presencia de personajes famosos en las comunicaciones comerciales mencionadas y considera que se debe limitar el acceso de los menores a las aplicaciones de juego gratuito y no permitir bonos ni bonificaciones que incentiven el juego. Sin embargo, no se manifiestan a nuestro requerimiento sobre si harían extensible sus peticiones a la publicidad del Juego estatal.
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Así, el CAC considera que dadas las repercusiones que estas actividades pueden tener sobre los menores, los jóvenes y las personas vulnerables, hay que prestar una especial atención a estos colectivos para la consideración del juego patológico como trastorno adictivo y su incidencia en el ámbito de la salud pública.

Concretamente, el Consejo quiere poner de manifiesto que son precisamente las comunicaciones comerciales de apuestas durante las retransmisiones en directo de eventos deportivos, hípicos o cualquier otro de naturaleza competitiva las que más riesgo y adicción generan, especialmente entre las personas menores de edad.

Los datos indican un crecimiento muy importante del juego en línea y un aumento en paralelo de las ludopatías derivadas de este fenómeno, con el agravante de que las personas tardan menos tiempo en adquirirlas. En concreto, si en el juego presencial (como las máquinas tragaperras) se necesitan entre 7 y 10 años para desarrollar una ludopatía, en el juego por internet sólo se necesitan entre 1 y 2 años. El resultado es que entre los menores de 26 años el juego en línea ya es la causa principal de ludopatía.

En este sentido, además, hay que tener presente que una parte sustancial de los anuncios que se hacen durante las retransmisiones deportivas corresponden a operadores de juego y apuestas en línea. En concreto, según un informe del CAC, los anuncios de juego en línea coparon el 45% de la publicidad de una retransmisión deportiva de radio y el 20% de la publicidad de un partido de fútbol.

El Consejo ha hecho estas consideraciones en un Acuerdo, aprobado ayer, 9 de enero, por el Pleno del CAC, en respuesta a la solicitud efectuada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el Proyecto de Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego y de juego responsable. El Acuerdo del CAC fue aprobado por unanimidad.

El Acuerdo del Consejo supone un refuerzo en las restricciones previstas en el Ministerio en cuanto a las comunicaciones comerciales sobre juego. El CAC lo justifica considerando que actualmente la protección de los menores no queda suficientemente garantizada.

En cuanto a las restricciones horarias, el Proyecto de Real Decreto propone, en su redacción actual, prohibir las comunicaciones comerciales sobre juego durante las franjas de protección reforzada para los eventos en directo, así como el establecimiento de regulaciones diferentes para el resto de comunicaciones comerciales, según la tipología de juego. Las franjas de protección reforzada son: entre las 8 y las 9 horas y entre las 17 y las 20 horas en el caso de los días laborables y entre las 9 y las 12 horas sábados, domingos y festivos.

El CAC, ante la evidencia, entre otras consideraciones, de que muchos eventos deportivos se juegan en fin de semana a partir de las 12 horas, pide reforzar las restricciones y propone extender la prohibición a la totalidad del horario protegido, que sea de las 6 a las 22 horas todos los días del año. El CAC justifica esta petición en el hecho de que la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, establece que los programas de azar y apuestas sólo pueden emitirse entre el 1 y las 5 de la madrugada, si bien no establece disposiciones específicas a las comunicaciones comerciales sobre las actividades de juego.


En cuanto a la presencia de personajes famosos, reales o de ficción, en los anuncios, el CAC también pide endurecer las restricciones que establece el Proyecto de Real Decreto, en el sentido de prohibir su presencia con carácter absoluto.

El Proyecto de Real Decreto admitía la posibilidad, entre otras, que personajes famosos fueran precisamente los protagonistas de pronunciar el mensaje de "Juega con responsabilidad". Según los CAC, esta posibilidad podría confundir las campañas de prevención con las comunicaciones comerciales de las actividades de juego. Por CAC, la única opción para que aparezcan personajes de relevancia sería en las campañas específicas de prevención de los riesgos del juego que lleven a cabo las administraciones públicas o las entidades que no tengan ninguna relación con ningún operador de juego.

El CAC también cree que la narración de la comunicación comercial no debe ser realizada por las mismas personas que llevan a cabo la retransmisión del evento o que participen. Según el Consejo, este supuesto podría causar confusión entre la comunicación comercial y la retransmisión misma, ya que situaría las personas locutores, aunque sea indirectamente, como incitadores de la acción de apostar.

En el mismo sentido, el CAC propone que haya una identificación más clara de las comunicaciones comerciales, por lo que la sobreimpresión de la palabra "publicidad", "publi" o similar debería mantenerse durante toda la emisión de la comunicación comercial.


El Proyecto de Real Decreto prevé la posibilidad de que los operadores de juego ofrezcan, en sus plataformas, aplicaciones de juego gratuito como elemento promocional. El Consejo considera que se debería recoger expresamente la prohibición de acceso de los menores a estas aplicaciones de juego gratuito en las comunicaciones comerciales, dado que pueden ser la puerta de entrada al juego y generar un hábito que, al llegar a la mayoría de edad, podrían conllevar, entre otros efectos, una adicción al juego.

Asimismo, el Proyecto prevé la posibilidad de que el operador de juego realice actividades de promoción para la oferta de los juegos que comercialice, incluyendo las circunscritas, juegos específicos o participaciones o apuestas concretas; pudiendo ofrecer bonos o bonificaciones para la inscripción o participación de la persona que juegue, siempre que se cumplan unas cautelas determinadas.

El CAC considera que, dado el carácter incentivador al juego de este tipo de promociones y sus efectos, de estas actividades -tanto de bonos y bonificaciones como de ofertas de juego gratuito-, no se dará publicidad en los medios de comunicación.
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