InfoPlay
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

El Gobierno argentino liquida su Lotería Nacional y la correspondiente “Quiniela”

 
Dentro de su estrategia de reordenación del Estado, el presidente argentino Mauricio Macri asumió un importante paquete de medidas que afecta a muchos sectores económicos a través del Decreto 95/2018, que comenzamos a desgranar especialmente en lo que nos atañe.
INFOPLAY |


Dentro de su estrategia de reordenación del Estado, el presidente argentino Mauricio Macri asumió un importante paquete de medidas que afecta a muchos sectores económicos a través del Decreto 95/2018, que comenzamos a desgranar especialmente en lo que nos atañe.

Bajo el mandato de la eficiencia y racionalización se está acometiendo una permuta en las competencias de los Ministerios de Interior y de Desarrollo Social, que ha afectado al sector del juego argentino. El histórico Prode, acrónimo que corresponde al Concurso de Pronósticos Deportivos (PRODE) y el conocido billete pre impreso "La grande de la nacional" desaparecerán, tras la liquidación de su Lotería Nacional Sociedad del Estado, a pesar de que el primero de ellos trascendió a la sociedad argentina, fanática del futbol. Nació en 1971, despareció del 98 al 2000, y ahora vuelve a hacerlo tras la reforma, dado que entiende que
"no existen razones jurídicas ni resulta oportuno mantener en vigencia los juegos que actualmente explota".
En el propio texto se señala que el organismo "carece de un ámbito territorial y jurisdiccional propio donde llevar adelante su cometido" por lo que "pierde todo sentido" su continuidad bajo la forma societaria, a guisa de conclusión. Una controvertida decisión recientemente publicada en el Boletín Oficial Argentino.

Dada la densidad del texto legal, nos hemos limitado a extractar las partes que puedan interesar a los lectores de Infoplay:


Que mediante la Ley Nº 25.922 y su modificatoria Ley Nº 26.692 se estableció un marco normativo propicio a fin de promocionar la Industria del Software en la REPÚBLICA ARGENTINA. Que siendo esta una industria floreciente y en constante desarrollo, y basado en criterios de racionalidad y eficiencia y en la optimización de la administración de los recursos, corresponde modificar los artículos 21 y 22 de la mencionada Ley Nº 25.922, estableciendo como Autoridad de Aplicación a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que a través del Decreto Nº 598/90 se procedió a la transformación de Lotería Nacional en LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, que, en su carácter de continuadora jurídica de Lotería Nacional, ejerce funciones de dirección, regulación, administración, explotación, control y fiscalización de los juegos de azar en todo el territorio nacional en el marco de la competencia definida por la Ley N° 18.226.Que en el marco del procedimiento establecido en el Decreto Nº 743/16, con fecha 1º de Julio de 2017, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES asumió de manera plena la competencia en materia de juegos de azar, destreza y apuestas mutuas en el ámbito de su territorio.

Que como consecuencia del Decreto mencionado en el Considerando precedente, LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO y el entonces INSTITUTO DE JUEGO Y APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, suscribieron el ACUERDO DE ASUNCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE JUEGOS DE AZAR, DESTREZA Y APUESTAS MUTUAS, el cual fuera aprobado por la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 30 de noviembre de 2016, correspondiente al Acta de Asamblea N° 66.
Que en cumplimiento de dicho Acuerdo, LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO(como autoridad de aplicación y continuadora del INSTITUTO DE JUEGO Y APUESTAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) asumió la Concesión del Hipódromo Argentino de Palermo; el contrato con el Operador de las Salas Casino emplazadas en los buques ubicados en el Puerto de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; los juegos de azar “LA QUINIELA” en todas sus modalidades; “LOTO”; “LOTERIA RESOLUCION INSTANTANEA-CASH” y “LA SOLIDARIA”, así como la red de Agencias Oficiales y Permisionarios ubicados en la misma Ciudad; el personal afectado a los juegos y los bienes indispensables para su explotación.

Que, a la fecha, en materia de juegos de azar, LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO mantiene únicamente bajo su jurisdicción el billete pre impreso denominado “LA GRANDE DE LA NACIONAL”, que fuera creado y organizado en el marco de la Ley N° 18.226, las competencias que le fueran asignadas por la Ley N° 25.295 respecto de la explotación del juego de Concurso de Pronósticos Deportivos (PRODE) y las potestades de fiscalización en materia de promociones que supongan la intervención del azar a través de los medios de comunicación masiva, así como las atribuciones vinculadas al contralor de las rifas y colectas.

Que el artículo 3° del Decreto Nº 138/17 dejó establecido que, una vez efectivizada la asunción de competencias establecida en el ACUERDO DE ASUNCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE JUEGOS DE AZAR, DESTREZA Y APUESTAS MUTUAS, suscripto el 24 de noviembre de 2016, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL procedería a evaluar la viabilidad funcional y operativa de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO y a proponer las medidas pertinentes para su mejor adecuación.

Que, de conformidad con lo establecido en la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el poder de policía en la materia es de carácter local, teniendo los estados provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES plena jurisdicción y competencia sobre los mismos.

Que la evaluación efectuada por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a los fines de resolver la continuidad funcional de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO tiene presente que la regulación y explotación de los juegos de azar no tiene carácter federal y que, teniendo en cuenta que LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO carece de un ámbito territorial y jurisdiccional propio donde llevar adelante su cometido, pierde todo sentido su continuidad bajo la forma societaria en la medida en que han dejado de existir las razones inherentes a su objeto, en atención a que las actividades residuales que hoy se encuentran a cargo de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO no permiten generar los fondos necesarios para solventar las erogaciones que demanda su estructura y funcionamiento.

Que los estados contables de la Sociedad revelan que se encuentra comprometido el principio de empresa en marcha lo cual resulta susceptible de corroboración a través del examen de su situación patrimonial y financiera y la verificación de los informes de los órganos de contralor tanto interno como externo.

Que, como consecuencia de lo precedentemente expuesto, no existen razones jurídicas ni resulta oportuno mantener en vigencia los juegos que actualmente explota LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que, por las razones expuestas, en lo que hace a la Ley N° 25.295, y la escasa relevancia que tiene en el mercado de juego lúdico, tampoco parece procedente mantenerla en vigencia, desde que la materia de juegos de azar no resulta una función del ESTADO NACIONAL.

Que conforme lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 20.705. y lo dispuesto en el Título VIII – Artículo 29 de su Estatuto Societario, LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO no puede ser declarada en quiebra, y su liquidación solamente puede ser resuelta por el PODER EJECUTIVO NACIONAL previa autorización Legislativa.

Que, en ese contexto, resulta oportuno asimismo dotar al liquidador que en definitiva se designe de herramientas legales para llevar adelante reorganizaciones vinculadas a la fuerza laboral que hoy revista en LOTERIANACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que la continuidad de la operatoria lúdica en las condiciones actuales de desenvolvimiento implicaría trasladar una situación de quebranto al erario público y particularmente afectar el destino específico de proveer recursos para el financiamiento de programas de asistencia social hacia los sectores más carenciados, lo cual requiere adoptar decisiones en forma impostergable y con la mayor inmediatez



Bajo el mandato de la eficiencia y racionalización se está acometiendo una permuta en las competencias de los Ministerios de Interior y de Desarrollo Social, que ha afectado al sector del juego argentino. El histórico Prode, acrónimo que corresponde al Concurso de Pronósticos Deportivos (PRODE) y el conocido billete pre impreso "La grande de la nacional" desaparecerán, tras la liquidación de su Lotería Nacional Sociedad del Estado, a pesar de que el primero de ellos trascendió a la sociedad argentina, fanática del futbol. Nació en 1971, despareció del 98 al 2000, y ahora vuelve a hacerlo tras la reforma, dado que entiende que
"no existen razones jurídicas ni resulta oportuno mantener en vigencia los juegos que actualmente explota".

En el propio texto se señala que el organismo "carece de un ámbito territorial y jurisdiccional propio donde llevar adelante su cometido" por lo que "pierde todo sentido" su continuidad bajo la forma societaria, a guisa de conclusión. Una controvertida decisión recientemente publicada en el Boletín Oficial Argentino.

  (VER DECRETO)



18+ | Juegoseguro.es – Jugarbien.es
PUBLICIDAD
   
Información de cookies y web beacons
Esta página web utiliza cookies propias y de terceros, estadísticas y de marketing, con la finalidad de mejorar nuestros servicios y mostrarle información relacionada con sus preferencias, a través del análisis de sus hábitos de navegación. Del mismo modo, este sitio alberga web beacons, que tienen una finalidad similar a la de las cookies. Tanto las cookies como los beacons no se descargarán sin que lo haya aceptado previamente pulsando el botón de aceptación.
Cerrar Banner