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La prensa valenciana afirma que "El Consell recula y vuelve a los 200 metros entre salones de juego"

 
En la prensa valenciana de ayer 16 de mayo, se pone el foco en la noticia que InfoPlay dio en rigurosa exclusiva por la cual la Audiencia Nacional daba un revés a la Generalitat al tumbar el decreto con el que se prohibía instalar nuevos salones de juego a menos de 800 metros de otro. La prensa local afirma que, ahora, "a través de la Dirección General de Tributos y Juego, la Conselleria de Hacienda ha decidido volver a la situación anterior, que fijaba en 200 metros la distancia mínima entre este tipo de complejos".
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El borrador del nuevo decreto, que está ahora en exposición pública, viene a modificar el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego, aprobado por el Decreto 55/2015, de 30 de abril del Consell que cuestionó la Audiencia Nacional. El tribunal entendía que el radio de 800 metros no era una distancia «suficientemente motivada».

Cuenta El Mundo en su edición valenciana: De ahí que ahora, en la justificación de una nueva norma, Hacienda destaque que «el establecimiento de distancias por parte de las comunidades autónomas viene corroborada por la mencionada sentencia de la Audiencia Nacional», que señala que su pronunciamiento «no implica que no puedan fijarse distancias mínimas para la ubicación de los locales destinados a salones recreativos o de juego».

¿Cuál es entonces esa distancia mínima entre salones si la de 800 metros se considera «excesiva»? Así lo asume ahora la propia Administración autonómica: «Se considera que la distancia de 800 metros entre salones, que actualmente está vigente, ha podido resultar excesiva, sin perjuicio de considerar que es necesario una distancia prudencial». Y es esa prudencia la que lleva al Consell a recular y volver a los 200 metros, con el siguiente argumento: «Establecida en el Decreto del Consell 44/2007, de 20 de abril, no fue cuestionada, por lo que se entiende que no impidió el acceso al ejercicio de la actividad económica», según reza el preámbulo de la nueva norma que se encuentra ahora en exposición pública.

De hecho, el propio borrador del decreto hace referencia a la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, que exige a las administraciones motivar el «interés general» cuando limiten el acceso a una actividad económica o exijan el cumplimiento de unos determinados requisitos.

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