InfoPlay
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
LA EMPRESA ACUDÍA A UN VACÍO LEGAL AL NO HABERSE DESARROLLADO EL REGLAMENTO AUNQUE ESTUVIERA APROBADA LA LEY DEL JUEGO BALEARa

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares confirma la sanción del Govern a una empresa que operaba con licencia de Malta

 
La prensa balear ha difundido este fin de semana la noticia importante por la que se deniega a una empresa de juego poder funcionar en Mallorca con una licencia de Malta. En este sentido, ha dictado sentencia la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
INFOPLAY |
Como recoge ultimahora.es, el tribunal confirma la sanción de 30.001 euros que le impuso el Govern al establecimiento que estaba abierto al público en Magaluf. En local fue denunciado por agentes de la Policía Nacional que hicieron una inspección en el mismo en agosto de 2015. El establecimiento se dedicaba a facilitar apuestas deportivas a través de internet y suministraba sus propios boletos para realizar las jugadas, además de ofrecer apuestas gratuitas.

La primera resolución imponía una multa de 150.000 euros a la empresa por una infracción muy grave. La entidad recurrió ante la propia Administración, que admitió de forma parcial sus alegaciones y redujo la sanción a 30.000 euros. El argumento que empleaba la empresa es que tenía licencia para realizar apuestas en Malta y también, a través de una empresa con la que tiene un acuerdo de colaboración, en el Reino Unido.

Defendía que quien realizaba la oferta de apuestas deportivas no era esta mercantil, sino las que tenían licencia en el extranjero y que su papel era el de mero intermediario.

Además, apelaba a la unidad de mercado de la Unión. Según su argumento, la exigencia de una nueva autorización en España para ejercer su actividad suponía una restricción ilegal a la libertad de establecimiento incompatible con los tratados de la Unión Europea.

La empresa pretendía acudir a un vacío legal: cuando fue sancionada sí estaba aprobada la ley del juego pero aún no se había desarrollado el reglamento.

"No existe un vacío normativo que impidiera el despliegue de la Ley ni paralizara la concesión de autorizaciones", señala el tribunal. La sociedad puede recurrir la sanción aún ante el Tribunal Supremo.

18+ | Juegoseguro.es – Jugarbien.es
PUBLICIDAD
   
Información de cookies y web beacons
Esta página web utiliza cookies propias y de terceros, estadísticas y de marketing, con la finalidad de mejorar nuestros servicios y mostrarle información relacionada con sus preferencias, a través del análisis de sus hábitos de navegación. Del mismo modo, este sitio alberga web beacons, que tienen una finalidad similar a la de las cookies. Tanto las cookies como los beacons no se descargarán sin que lo haya aceptado previamente pulsando el botón de aceptación.
Cerrar Banner