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ANDALUCÍA: Seis meses de adaptación al control de acceso tras la convalidación del Decreto

 

   El consejero Juan Bravo interviene en la Diputación Permanente del Parlamento andaluz.


La Diputación Permanente del Parlamento andaluz ha convalidó ayer jueves, con los votos a favor de PP, Ciudadanos y Vox, el Decreto del juego s en la comunidad. Este Decreto-ley 6/2019 de 17 de diciembre constituye una modificación de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El actual texto resaltan numerosos ajustes como el cambio de infracciones que eran consideradas graves a muy graves, con el consecuente incremento de multas y acciones.
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Así, se ha convalidado el decreto ley que endurece el régimen sancionador , ya que se elevan las multas económicas por permitir el acceso a menores y personas con problemas de adicción y por incumplimiento de horarios de los locales, bajo el principio de "tolerancia cero" a la entrada de estas personas.

El decreto recoge también la obligación de establecer un control de acceso exterior a los establecimientos de juego. No obstante, para permitir la adaptación a las empresas a esta nueva exigencia, esta medida entrará en vigor a los seis meses de la publicación del Decreto-ley.


ESTA ES LA NOTA DE PRENSA OFICIAL:

La Diputación Permanente del Parlamento andaluz ha convalidado el Decreto-ley 6/2019, de 17 de diciembre, por el que se modifica la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que supone un endurecimiento del régimen sancionador para conseguir una mayor eficacia en el control de acceso a los salones y demás establecimientos de juego y apuestas bajo el principio de tolerancia cero a la entrada a este tipo de locales de menores y personas incluidas en el Registro de Control e Interdicciones de Acceso.

Como novedad, el decreto-ley incluye el cambio de infracciones que hasta la fecha eran graves y que pasan a ser muy graves, de manera que la multa económica es superior y permite aplicar con mayor contundencia las sanciones accesorias que procedan. Así, entre las infracciones que pasarán a ser muy graves se encuentra permitir el acceso y la práctica de juego a las personas que lo tengan prohibido, el incumplimiento de los horarios de apertura y cierre establecidos y efectuar publicidad de los juegos y apuestas o de los establecimientos en los que estas actividades se practiquen, salvo autorización previa. Las infracciones calificadas de muy graves serán sancionadas con multas que oscilan entre los 10.001 euros y los 300.000 euros (hasta ahora las multas iban de los 600 a los 10.000 euros) y pueden conllevar incluso la clausura del local.

El decreto recoge también la obligación por parte de las empresas de establecer un control de acceso exterior a los establecimientos de juego. No obstante, para permitir la adaptación a las empresas a esta nueva exigencia, esta medida entrará en vigor a los seis meses de la publicación del Decreto-ley.

El consejero de Hacienda, Industria y Energía, Juan Bravo, ha presentado este Decreto-ley que surge fruto del debate tanto en el pleno del Parlamento como en la Comisión de Hacienda de diversas iniciativas sobre la problemática suscitada en torno a los efectos no deseados del juego sobre la población, con especial atención a su impacto sobre los jóvenes y las personas más vulnerables. Así, ha recordado que la consejería -que tiene las competencias sobre el juego presencial en la comunidad- inició un análisis de la situación del juego en Andalucía, las posibilidades de colaboración con el Estado (que tiene las competencias en materia de publicidad y apuestas on line) y con los ayuntamientos, una comparativa legislativa de cómo se regula el sector en otras comunidades, así como un análisis de los recursos que se destinan a las políticas de lucha contra las adicciones y la capacidad para incrementarlos.

Con objeto de mejorar la regulación existente y de hacerlo con el consenso de todos los agentes implicados, la Consejería de Hacienda, Industria y Energía mantuvo reuniones de trabajo con el sector empresarial del juego implantado en Andalucía, con la Federación de Jugadores Rehabilitados de Andalucía (FAJER), sindicatos mayoritarios y con el Instituto Andaluz de la Juventud y el Servicio Andaluz de Salud, por parte de la Administración autonómica, el pasado mes de octubre. Fruto de ese diálogo son algunas de las medidas que se han adoptado y otras que se van a incorporar en el futuro para mejorar la normativa.

"La regulación mediante decreto-ley viene motivada en la necesaria aprobación de instrumentos que protejan a los colectivos más vulnerables de la sociedad en materia de juego, como son los menores de edad y aquellas personas con problemas de adicción al juego", ha remarcado Bravo.

El consejero ha destacado que con este decreto "iniciamos la mejora regulatoria del juego en nuestra comunidad empezando por las normas con rango de Ley y que vendrá acompañada en los próximos meses por otro tipo de actuaciones". Así, Bravo ha mencionado el estudio de distancias mínimas entre locales de juego y centros educativos, la adopción de actuaciones desde el Gobierno para la prevención y la lucha contra la adicción al juego tanto en centros docentes como en eventos de jóvenes o la regulación de la publicidad, iniciativas que se adoptarán con el máximo consenso y diálogo con los grupos parlamentarios y los agentes vinculados al sector.

Las infracciones que cambian su categoría de graves a muy graves son: el acceso y la práctica de juego a las personas que lo tengan prohibido; el incumplimiento de los horarios de apertura y cierre establecidos; y, efectuar publicidad de los juegos y apuestas o de los establecimientos en los que estas actividades se practiquen, salvo autorización previa.

En consecuencia, estas infracciones muy graves podrán implicar multas que van desde los 10.001 euros hasta los 300.000 euros (los montos anteriores estaban entre 600 y los 10.000 euros) e incluso pueden significar la clausura del local. De acuerdo con el artículo 31 del decreto-ley, las infracciones graves tendrán multas de 601 euros a 10.000 euros; y, las leves, hasta 600 euros.

Debemos destacar que este decreto-ley prevé un período de adaptación de seis meses, a partir de su fecha de publicación, para la entrada en vigor del endurecimiento de la norma en lo que respecta al régimen de control de acceso “por parte de las personas que figuren en el Registro de Control e Interdicciones de Acceso a los Establecimientos dedicados a la práctica de los juegos y apuestas, salvo que se trate infracciones cometidas en zonas de los salones de juego que ya cuentan con control de acceso, conforme a la normativa en vigor”.


A continuación presentamos dos cuadros comparativos con un resumen de los artículos 28, 29 y 30 que contienen las infracciones muy graves, graves y leves. Desde INFOPLAY hemos hecho una división de acuerdo al aspecto involucrado para una mejor comprensión.







Descargar PDF con el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (Decreto-ley 6/2019 de 17 de diciembre)
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