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ADEMÁS, MODIFICARÁ EL DECRETO DEL REGLAMENTO DE APUESTAS

Cantabria somete a Información Pública la “Bola Extra” de las "B3", la "B4" exclusiva para Salones y la máquina "B5"

 
 La Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria tiene previsto revisar, de manera inminente, el Decreto 23/2008, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar, y el Decreto 78/2015, de 30 de julio por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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El motivo no es otro que modificar el texto actual del Reglamento de máquinas recreativas y de azar, para la incorporación de dos nuevos subtipos de máquinas de tipo B. Así mismo, se debe modificar el Decreto 78/2015, de 30 de julio por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, para adaptar este texto a la modificación que se pretende realizar en el Decreto 23/2008, de 6 de marzo.

También se pretende incorporar un nuevo requisito general para las máquinas de tipo B3 consistente en introducir un dispositivo que permita la opción “bola extra” en las partidas jugadas en este subtipo de máquinas.

Tras las numerosas y variadas peticiones de sector del juego en Cantabria, se ha procedido a realizar un análisis de las necesidades planteadas y los cambios normativos que estas peticiones van a suponer, y se ha trabajado para llegar al máximo consenso con el fin de lograr un equilibrio en respuesta a todas las peticiones. De hecho, el sector reclama como urgentes una serie de medidas para el contexto actual y, en particular, para las empresas cántabras de juego.

Así pues, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de Decreto, se procederá a sustanciar una CONSULTA PÚBLICA, a través del portal web de la Administración, para recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:

Los problemas que se pretenden solucionar con la norma.

Lo que se pretende con la elaboración de esta norma es dar respuesta al sector de juego afectado con la finalidad de incentivar su actividad económica, facilitando la posibilidad de incorporar un nuevo producto en sus establecimientos.

Se trata de desarrollar la máquina B4, exclusiva para salones de juego, y la máquina B5, que es una máquina destinada a todos los establecimientos de juego, muy similar a la máquina B1, pero con unas características técnicas más restringidas y con unas limitaciones en cuanto a su planificación.
Al ser unos modelos de máquinas recreativas que ya se encuentran aprobadas en otras Comunidades Autonómicas, resulta importante que ahora se proceda a incluirlos en nuestro ordenamiento, de esta manera también se da cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la unidad de mercado, fijando de esta manera las características técnicas de este tipo de máquinas con los mismos requisitos que en el resto de Comunidades Autónomas.

Los objetivos de la norma.

El objetivo es introducir los modelos de máquinas B4 y B5 con las mismas características que en el resto de Comunidades Autónomas que ya la tienen regulada.

Se deben considerar máquinas recreativas con premio en metálico, por ello se trata de dos subtipos de máquinas de tipo B.

En cuanto al dispositivo que permite la opción “bola extra” en las partidas jugadas en las máquinas de tipo B3, se pretende hacer más atractivo el juego para los usuarios de las mismas.

Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

La única forma de introducir estos productos en el mercado de juego es por la vía reglamentaria, ya que según lo dispuesto en el artículo 8 c) de la Ley 15/2006, de 24 de octubre, de juego de Cantabria, corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero competente en materia de juego aprobar los reglamentos específicos de cada modalidad de juego.
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