La Dirección General de Ordenación del Juego acaba de comunicar un cambio importante en la organización y funcionamiento del Consejo de Políticas del Juego a resultas "de la nueva configuración de la planta ministerial derivada de lo dispuesto en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales, y de la asunción, por parte del Ministerio de Consumo, de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de juego".
Así,
se acuerda que la persona titular de la presidencia del Consejo de Políticas del Juego es el titular del Ministerio de Consumo.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad la presidencia podrá delegar de forma expresa sus funciones en otro miembro del Consejo. En ausencia de delegación expresa en otro miembro, la Presidencia corresponderá a la persona que ostente la Vicepresidencia del Consejo.
Se incorporan a la Comisión Sectorial el Ministro de Consumo, que la presidirá, la persona titular de la Secretaría General de Consumo y Juego, la persona titular de la Dirección General de Ordenación del Juego y un representante de cada Comunidad Autónoma, así como un representante de la Ciudad de Ceuta y otro de la Ciudad de Melilla. La presidencia de la Comisión Sectorial ejercerá, respecto a ésta, las mismas funciones que le corresponden respecto al Pleno de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 de este reglamento.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad la Presidencia de la Comisión Sectorial podrá delegar de forma expresa sus funciones en otro miembro de dicha Comisión. En ausencia de delegación expresa en otro miembro, la Presidencia corresponderá al titular de la Secretaría General de Consumo y Juego. (EN LA ACTUALIDAD, RAFAEL ESCUDERO)
Se modifica la disposición final segunda, que queda redactada del modo siguiente:
"El Ministerio de Consumo proporcionará al Consejo de Políticas del Juego los medios materiales y cuantos otros resulten precisos para su adecuado funcionamiento.”
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