Resumimos cómo integra la nueva Ley del Juego de Galicia la instalación de terminales de juego no reservados de operadores estatales que siempre deberá contar con la autorización de la Xunta y atenerse a la planificación que se apruebe.
Así explica:
La instalación de terminales físicos accesorios para juegos y apuestas supuso un a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, interactivos o de comunicación remota estatal no reservada, necesitarán la autorización administrativa previa del órgano autónomo de gestión competente en juegos de azar.
Sobre los locales donde pueden instalarse:
HOSTELERÍA
Las máquinas de apuestas y terminales de juego de competencia del Estado, no reservado, cuya autorización corresponde otorgar a la Unión Autonoma de Galicia se podrán instalar en restaurantes y establecimientos de ocio y entretenimiento
BINGOS
Se podrá autorizar la instalación de máquinas especiales de tipo A tipo B, terminales y máquinas físicas de juego no reservadas a nivel estatal asistentes de apuestas
VER LEY en PÁGINA 22 del documento
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