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La Ciudad de Ceuta y el Ministerio de Consumo intercambiarán datos de prohibidos

 
La Ciudad de Ceuta y el Ministerio de Consumo intercambiarán datos de prohibidos
La Ciudad Autónoma de Ceuta y el Ministerio de Consumo intercambiarán datos en los registros relativos al juego, y a los 'prohibidos', es decir, a aquellas personas que tuviesen vetado su acceso a salas de este tipo. Para ello, el ministro de Consumo, Alberto Garzón y la consejera de Economía, Kissy Chandiramani, han suscrito un convenio publicado el sábado en el BOE
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Ceuta se incorporará al Registro Nacional de prohibidos en Salones de Juego, así lo recoge Ceuta TV. Lo hará tras un convenio entre el Ministerio de Consumo y la Ciudad Autónoma, firmado por el ministro Alberto Garzón y la consejera ceutí de Economía y Hacienda, Kissy Chandiramani.

Según publica el BOE, "la Dirección General de Ordenación del Juego se compromete a vincular la inscripción que realice en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de las personas cuyos datos se hayan remitido por la Ciudad Autónoma de Ceuta a al DGOJ con la inscripción realizad en el registro autonómico de prohibidos de la Ciudad Autónoma, siempre y cuando: la Ciudad remita la información y documentación necesaria para proceder a dicha vinculación a través de la Plataforma de Intermediación de Datos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y se haya ajustado a los procesos de validación o verificación de la información remitida que la DGOJ haya establecido a fin de detectar errores de carácter material o formal derivados de su traslado". 

En todo caso, "la DGOJ no vinculará con la inscripción en el registro autonómico de prohibidos de la Ciudad Autónoma de Ceuta la inscripción de una persona en el Registro que ya estuviesede alta en dicho registro antes de que la Ciudad Autónoma de Ceuta envíe información sobre la misma a la DGOJ a través de la Plataforma de Intermediación"

La inscripción "que será la misma que la fecha de inscripción en el registro autonómico de prohibidos, se utilizará para computar la vigencia y el correspondiente periodo mínimo de permanencia exigido para poder cancelar una determinada inscripción, tanto en el RGIAJ como en el registro autonómico de prohibidos de la Ciudad Autónoma de Ceuta". 
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