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 X Congreso ANESAR

 “Lo público y lo privado como competidores en el mundo empresarial”

 
 En la mañana del jueves 11 de mayo, en la décima edición del Congreso de ANESAR, se llevó a cabo la mesa denominada “Lo público y lo privado como competidores en el mundo empresarial “, la cual estuvo moderada por José María Campos Gorriño, director Legal de la CEOE.

La primera inversión estuvo a cargo de Juan Contreras Delgado, Subdirector de Ayudas Públicas e Informes de Proyectos Normativos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), quien hizo una reflexión acerca de la competencia entre el sector público y el privado, y resaltó que ambas tienen que atenerse a las mismas reglas del juego, es decir, a la normativa que rige la libre competencia.
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 El subdirector también mencionó que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) analiza por igual a cualquier operador, ya sea público o privado, y que cuando una empresa pública se comporta como un operador privado, con ánimo de lucro, se le aplica la misma normativa que se le aplicaría a una empresa privada. Sin embargo, reconoció que existen servicios económicos de interés general que son prestados por empresas públicas, y que, en estos casos, si se cumplen todas las reglas, pueden incluso recibir una compensación económica por los servicios que prestan.

En esta línea, explicó que su labor principal es la de corregir posibles desventajas competitivas y regulaciones que no estén bien fundamentadas desde el punto de vista de la libre competencia, a través de instrumentos como la función consultiva. Además, también realizan estudios o informes de posición en los que se plantean determinados cambios regulatorios relevantes en un sector. Su labor consiste en analizar los proyectos normativos que les envían las administraciones públicas y detectar posibles restricciones a la competencia que puedan tener.

Al referirse a las funciones de la CNMC, aseguró que la parte más conocida del organismo es “la sancionadora, quizás la que es más vistosa desde el punto de vista público, desde el punto de vista de la empresa, cuando hay una multa en la empresa”.

Sin embargo, conviene aclarar que la CNMC no cuestiona la política pública de una administración, sino que se limita a analizar el material que se les manda y a identificar posibles restricciones a la competencia que pudieran existir.


Más adelante, el ponente habló sobre la importancia de complementar los instrumentos sancionadores con la regulación y el análisis del plan. En ese sentido, explica que la multa impuesta a una empresa por el árbitro puede replantear su conducta, pero si la regulación sigue permitiendo conductas poco transparentes, volverán a surgir problemas y se deberá aplicar otra multa en el futuro.

Además, al referirse a la opción de la leve garantía de unidades de mercado, indicó que funciona bien y es una vía rápida para que los operadores económicos puedan quejarse de decisiones administrativas que consideren antipropietarias. Por último, se menciona que la CNMC tiene una función reguladora, supervisora y de ordenamiento jurídico, y que en casos de especial gravedad puede convertirse en una función de disposición.

Al respecto, resaltó que la CNMC cuenta con independencia del criterio respecto al Ministerio de Economía, lo que garantiza una regulación adecuada desde el punto de vista de la competencia.

Posteriormente, fue el turno de Almudena Fernández-Golfín, Gerente de los Centros especiales de empleo (CONACEE), quienes recientemente firmaron un convenio de colaboración para fomentar la inclusión laboral a través de sus centros entre las empresas del juego en España con la firma de un convenio de colaboración para fomentar la inclusión laboral a través de los centros especiales de empleo entre las empresas del juego en España.

En los primeros minutos de exposición, aprovechó la oportunidad para presentar CONACEE, qué es, que hace y su principal objetivo, es decir, “lograr la máxima inserción laboral de las personas con discapacidad”.

Según las cifras expuestas durante el evento, actualmente en España solo el 34 % de las personas con discapacidad tienen oportunidades laborales, en comparación con el 70 % de las personas sin discapacidad.

En esta línea, Almudena Fernández-Golfín explicó que la Constitución española reconoce la necesidad de políticas de empleo para la inclusión de personas con discapacidad, y los Centros Especiales de Empleo son una herramienta fundamental para ello. Estas empresas, que compiten en todos los sectores con empresas ordinarias, ofrecen empleo ordinario, autónomo y protegido, y actualmente dan empleo a cerca de 100 mil personas con discapacidad.

La ponente subrayó la importancia de impulsar y apoyar estos Centros Especiales de Empleo para lograr tasas de ocupación más altas, reducir las tasas de desempleo y elevar los índices de actividad. Además, recordó que todas las empresas en España con más de 50 trabajadores están obligadas a tener al menos un 2 % de personas con discapacidad en su plantilla, y que existen medidas alternativas autorizadas por la autoridad laboral para aquellas que no pueden cumplir esta obligación.

Más adelante, mencionó la ley denominada iniciativa social y que establece una nueva definición para los centros de trabajo en España. Más específicamente, exige que estén constituidos en más del 50 % por entidades sin ánimo de lucro y que inviertan sus beneficios en el propio centro o en otros centros especiales de acción.

Esta definición excluye al 60 % de los centros especiales de trabajo en España, lo que dejaría fuera al 55 % de los trabajadores de esos centros en la contratación pública.

La Confederación Nacional de Centros Especiales de Empleo (CONACEE) impugnó esta ley, ya que excluía a la mayoría del sector y generaba daños en la sociedad, especialmente en los aprovisionamientos de los ayuntamientos.

Los tribunales han cuestionado esta iniciativa y la Sala del País Vasco preguntó si constituía una restricción artificial de la competencia y una vulneración de los principios de igualdad de trato y proporcionalidad. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea afirmó que los países pueden establecer restricciones siempre que respeten los principios de proporcionalidad e igualdad de trato.

Según explicó la ponente, actualmente, la cuestión está en la Sala del Tribunal Supremo, quien debe dictar sentencia sobre el tema y recalcó la importancia de proteger los derechos de los trabajadores con discapacidad y se fomente su inserción laboral en igualdad de condiciones.

Seguidamente fue el turno para Araceli García Nombela, secretaría general de TECNIBERIA (Asociación Española de Empresas de Ingeniería Consultoría y Servicios Tecnológicos)

En su intervención, destacó que el sector de la ingeniería, aunque poco conocido por el público en general, representa los intereses de las empresas privadas españolas ante organismos y administraciones tanto públicas como privadas. Asimismo, fomenta el intercambio de experiencias entre empresas y promueve el desarrollo del sector a nivel nacional e internacional.

Asimismo, señaló que TECNIBERIA negocia convenios sectoriales que afectan a 260 mil personas de alta cualificación, ya que son todos universitarios. Las empresas de ingeniería consultoría y servicios tecnológicos se dedican a todo tipo de especialidades de la ingeniería, desde estudios de detalle hasta el control de calidad y la asistencia técnica en la construcción de piezas industriales o infraestructuras como el AVE o un aeropuerto. También se encargan del mantenimiento de las obras realizadas.

El sector de la ingeniería tiene un competidor muy privilegiado en el sector público a través de lo que se denomina "medios propios personificados", empresas públicas que pueden contratar los servicios de estos medios de forma directa. Estas entidades pueden realizar determinadas prestaciones sin que el acto o el negocio jurídico les sea de aplicación, normas que regulan la contratación del sector público, evitando así cubrir a un mercado y competir con el sector privado.

La ponente reconoce la necesidad de que existan estas empresas públicas, pero considera que está dañando el desarrollo de la iniciativa privada, compitiendo con ventajas bastante significativas frente al sector privado. Desde su posición en TECNIBERIA, llevan muchos años reclamando que se tiene que hacer de otra manera y la Comisión Nacional de la Competencia ha hecho recomendaciones al respecto.

Para finalizar, hizo referencia a un informe anual sobre la contratación pública y que reveló que, en los últimos 10 años, el sector privado ha experimentado un desplazamiento del mercado nacional.

En sus palabras, “el 70 % de su negocio procedía del mercado nacional y el 30 del internacional. Y ahora mismo es al revés, el 70 procede del mercado internacional y el 30 del nacional. Estamos en un buen momento con fondos europeos en que la contratación tanto pública como privada, pues, está bastante activa, pero nuestro temor es que en cuanto vuelva a haber un pequeño bache o una pequeña crisis, pues el sector privado volverá a crecer en estos ingresos del sector internacional y dejará al sector nacional casi como un recipiente llegando al 20 %, incluso menos”.

Antes de dar paso a la última intervención, José María Campos Gorriño, director Legal de CEOE, confirmó la existencia de otros sectores en la economía española que compiten directamente con el sector público y que también enfrentan problemas similares. En esta tónica, puso en valor la competencia en la economía y la necesidad de promoverla para lograr un mercado justo y equitativo.

Como colofón a la primera mesa, Patricia Lalanda, socia de Loyra Abogados, destacó la importancia de la contextualización en la regulación del juego en España. Lalanda explicó que en 2010 y 2011, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea indicó que ya no podía haber dentro de una misma entidad un regulador y un operador de juego, lo que llevó a que España decidiera separarse a través de grandes decretos.

En este sentido, durante sus palabras explica la distinción entre los productos de pasivo, aquellos en los que el jugador solo invierte dinero, y los de activo, en los que se requiere alguna habilidad o destreza. Señaló que la Comisión Nacional de la Competencia reconoce que hay mayor sustituibilidad entre los productos de actividad activos, pero que ambos tipos forman un conjunto de productos del juego de azar.

Luego, mencionó la aprobación en 2011 de la regulación del juego online en España, cuyos objetivos principales son la regulación del canal del juego online y la aceptación de las bases y centralización de la reputación del monopolio del Estado. Sobre esto, subrayó que se mantiene el monopolio en este sector debido a la larga trayectoria y función social que tienen las loterías y apuestas del Estado, así como para evitar que se utilicen los boletos o billetes de lotería como medios de pago para promover el daño de capitales.

De esta manera, indicó que España optó por la regulación de los juegos de azar para proteger los distintos intereses públicos, como la salud pública, la protección de menores, la reducción del salto de juego y la dependencia del juego, así como intereses económicos como la corrupción, el blanqueo de capitales y las organizaciones criminales.

Ante esto, aseguró que la intervención pública ha sido justificada y analizada en diversas ocasiones por la Comisión Nacional de la Competencia, y que sigue la doctrina de la Unión Europea, que justifica la intervención siempre que existan motivaciones de interés público que justifiquen las limitaciones y restricciones a la competencia y a la libre oferta de servicios.

Por último, expresó que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que estos intereses públicos deben ser protegidos de manera proporcional, no discriminatoria y guardando consonancia con los objetivos mencionados.

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