En una reciente sentencia emitida el 24 de enero, el Tribunal Supremo ha dado a conocer su posición con respecto a las impugnaciones de la tasa de juego correspondiente al 4º trimestre de 2020 y, en su caso, del 3er. Trimestre de 2020 (comarca del Segrià), relacionadas con las restricciones COVID en la actividad de hostelería y establecimientos de juego.
Esta sentencia es el resultado de una cuestión de interés casacional planteada por una empresa operadora de Castilla y León, que vio desestimada su reclamación y recurso contencioso-administrativo por el TSJ de esa Comunidad Autónoma.
El Tribunal Supremo concluye que la suspensión o limitación de la actividad durante el segundo estado de alarma no permite la reducción proporcional de la tasa de juego durante el periodo que estuvo vigente la medida en el 4º trimestre de 2020, ni la devolución del importe reclamado por ingresos indebidos. Sin embargo, abre la posibilidad de que la reclamación pueda reconducirse a través del procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración.
Esta sentencia marca un hito significativo en el tratamiento de las tasas de juego en el contexto de las restricciones por la pandemia, estableciendo precedentes que podrían tener implicaciones en futuros casos similares en Castilla y León y más allá. La industria y los operadores ahora tienen claridad sobre la posición legal, mientras se abre una vía alternativa para la reclamación a través del procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración.
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