Hoy ha sido publicado en el Boletín Oficial de La Rioja el Decreto 26/2024, de 3 de septiembre, que introduce importantes modificaciones en el Decreto 29/2018.
Este nuevo decreto regula las actividades sujetas a licencia ambiental en la región, ampliando su alcance y especificando las condiciones bajo las cuales una serie de actividades turísticas, recreativas, y comerciales deberán contar con dicha licencia para operar legalmente.
Entre las actividades detalladas, destaca el sector de los establecimientos de juego que, junto con otras actividades de ocio y recreación, están incluidas en la categoría de aquellas que requieren un control ambiental específico. Esto abarca desde casinos, bingos, salones de juego y salones recreativos, hasta cualquier otro establecimiento de características similares.
Esta regulación tiene como objetivo garantizar que estas actividades se desarrollen dentro de los parámetros adecuados, tanto en términos de sostenibilidad ambiental como de impacto en su entorno inmediato. La necesidad de una licencia ambiental asegura que se evalúen adecuadamente las condiciones de cada establecimiento, teniendo en cuenta factores como la ubicación y sus posibles efectos sobre el medio ambiente y la calidad de vida de los ciudadanos.
Además de los establecimientos de juego, el decreto también cubre otras áreas clave del sector de la hostelería y el entretenimiento, como los bares, discotecas, locales de ocio, gimnasios y recintos deportivos. Estas actividades, que forman parte esencial del tejido recreativo y turístico de la región, deberán cumplir con los requisitos establecidos por el reglamento para su funcionamiento en La Rioja.
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