La Dirección General de Empresa del Gobierno de las Islas Baleares ha emitido un aviso importante dirigido a las empresas de juego, operadores de apuestas, salones de juego, salas de bingo y casinos, en relación con la adaptación obligatoria de las máquinas de juego a los nuevos requisitos legales establecidos por la Ley 9/2023, de 3 de abril, que modifica la Ley 8/2014, de 1 de agosto, sobre el juego y las apuestas en las Islas Baleares.
De acuerdo con la disposición transitoria segunda de la Ley 9/2023, las empresas operadoras de máquinas de tipo B (máquinas recreativas con premio) deben cumplir con lo establecido en el artículo 13.6 de la Ley 8/2014 modificado. Esta disposición hace referencia a la inclusión obligatoria de un cuestionario sobre edad y responsabilidad en las máquinas, así como la impresión de un mensaje que aconseje sobre un entorno de juego seguro.
Plazos para la Adaptación
Las empresas tendrán el plazo restante de vigencia de las autorizaciones de explotación de sus máquinas recreativas para realizar las adaptaciones requeridas, con la excepción de aquellas cuyo vencimiento sea el 31 de diciembre de 2023, cuya fecha límite se traslada al 31 de diciembre de 2024.
Además, se recomienda que las solicitudes de baja definitiva de las máquinas de juego tipo B y C que deban tener efectos fiscales el 31 de diciembre de 2024 se presenten en el registro antes del 1 de diciembre de 2024 como fecha límite.
VER AVISO
18+ | Juegoseguro.es – Jugarbien.es