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TODO AQUÍ: Resumen detallado del Dictamen 23/2024 del CONSEJO de NAVARRA sobre el Reglamento General de Juegos y Apuestas

 
TODO AQUÍ: Resumen detallado del Dictamen 23/2024 del CONSEJO de NAVARRA sobre el Reglamento General de Juegos y Apuestas
El Dictamen 23/2024, emitido el 7 de octubre de 2024, evalúa el Proyecto de Decreto Foral sobre el Reglamento General de Juegos y Apuestas de la Comunidad Foral de Navarra. Este documento tiene como objetivo establecer nuevas medidas de control y regulación en el sector del juego, adaptándose a las disposiciones de la Ley Foral 21/2022 y a los retos sociales y económicos asociados al sector.
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1. Justificación del Proyecto

El Consejo subraya que la propuesta responde a una necesidad urgente de ajustar la normativa vigente para abordar:

  • La prevención de adicciones al juego, especialmente entre los colectivos más vulnerables, como menores y personas en riesgo.
  • La protección de la seguridad pública, mitigando incidentes asociados al juego.
  • La adaptación a las nuevas modalidades de juego, que han evolucionado con el avance tecnológico, especialmente el juego en línea y las máquinas electrónicas.

El Consejo valora positivamente la intención del proyecto de garantizar un equilibrio entre los beneficios económicos del sector y la protección social, aunque señala que algunas medidas requieren una mayor justificación para garantizar su proporcionalidad y eficacia.


2. Medidas Restrictivas Propuestas

Reducción de horarios

El proyecto propone una reducción significativa en los horarios de cierre:

  • Media hora menos para salas de bingo.
  • Tres horas menos para salones de juego y locales de apuestas deportivas.

El Consejo considera que estas medidas, aunque justificadas en términos de seguridad y prevención, deben contar con un análisis más detallado que conecte directamente los datos sobre incidentes nocturnos con la reducción horaria.


Control de acceso obligatorio


Se establece que todos los locales de juego, incluidos bingos y salones de apuestas, deberán implementar un sistema de control de acceso que garantice:
  • Verificación de identidad, impidiendo el acceso a menores y a personas registradas en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego.
  • Protección de datos personales, asegurando la confidencialidad y el cumplimiento de la normativa de privacidad.

El Consejo valora esta medida como un avance crucial en la protección de colectivos vulnerables, aunque enfatiza la necesidad de evaluar su implementación práctica y sus costos operativos.


Distancias mínimas entre establecimientos

  • Se establece una distancia mínima de 400 metros entre salones de juego y centros educativos, sanitarios o culturales.
  • Para los bingos, la distancia mínima es de 1.200 metros, lo que el Consejo considera una medida restrictiva que podría requerir mayor justificación para evitar conflictos legales.

3. Regulación de máquinas "BMB"

El proyecto limita la instalación de las máquinas "BMB" exclusivamente a las salas de bingo. Esta decisión ha generado preocupación por:

  • Posible afectación a la libre competencia.
  • Falta de una justificación suficiente sobre por qué estas máquinas no pueden ser instaladas en otros locales, como salones de juego.

El Consejo insta a incluir un análisis que explique detalladamente esta exclusividad y su relación con los objetivos de protección social.


4. Impacto Social y Económico

Evidencia empírica

Entre 2021 y 2023, se registraron 93 incidentes relacionados con el sector del juego, la mayoría en horarios nocturnos y vinculados a:

  • Vulneraciones de la seguridad ciudadana.
  • Problemas de orden público en los alrededores de los establecimientos.

Impacto económico


  • Los costos asociados a la implementación del control de acceso y otras medidas regulatorias recaerán sobre los operadores.
  • Se espera que las restricciones horarias y de acceso reduzcan los ingresos de los establecimientos, aunque se prioriza la seguridad y salud pública sobre el beneficio económico.

Impacto social

El proyecto busca reducir la accesibilidad al juego en zonas sensibles, como centros educativos, y promover el juego responsable a través de campañas de sensibilización y educación.


5. Proceso de Consulta Pública

El proyecto ha sido sometido a una amplia consulta pública, recibiendo más de 150 alegaciones de ciudadanos, operadores y asociaciones. Entre las principales preocupaciones expresadas destacan:

  • La necesidad de una mayor claridad en las restricciones propuestas.
  • El impacto económico en pequeños operadores de juego.
  • La implementación práctica de los controles de acceso y las distancias mínimas.
6. Observaciones del Consejo

Justificación razonada de las medidas

El Consejo insiste en que todas las restricciones, especialmente las horarias y las relacionadas con las máquinas "BMB", deben estar respaldadas por un análisis exhaustivo que demuestre su proporcionalidad y adecuación a los objetivos del reglamento.
Vinculación con datos concretos

Se insta a correlacionar las medidas restrictivas con datos empíricos,
como los informes de la Policía Foral sobre incidentes en horarios nocturnos. Esto garantizará que las medidas sean percibidas como razonables y efectivas.

Compatibilidad con derechos fundamentales

El Consejo enfatiza que el proyecto debe garantizar que las medidas no vulneren derechos fundamentales, como la libertad de empresa y la igualdad ante la ley.


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