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Menos cargas y trámites más ágiles: Madrid abre la audiencia pública de su Ley para el impulso económico

 
Menos cargas y trámites más ágiles: Madrid abre la audiencia pública de su Ley para el impulso económico

La Comunidad de Madrid somete a información pública el Anteproyecto de Ley de medidas contra la hiperregulación, con un plazo para presentar alegaciones abierto hasta el 29 de septiembre, que introduce la regla "uno dentro, uno fuera", refuerza la Aceleradora de Inversiones y crea entornos controlados de pruebas.

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La Comunidad de Madrid ha abierto el trámite de audiencia e información pública del Anteproyecto de Ley de medidas contra la hiperregulación para el impulso económico de la Comunidad de Madrid, una norma impulsada por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo que tiene por objeto impulsar el crecimiento económico mediante medidas de mejora regulatoria orientadas a la atracción de inversión e innovación, la generación de empleo y la mejora del bienestar social.

El plazo para formular alegaciones permanece abierto del 9 al 29 de septiembre de 2026, ambos incluidos, durante quince días hábiles contados a partir de la publicación de la resolución de apertura. Los interesados pueden presentar sus aportaciones de forma telemática a través del formulario habilitado en el Portal de Transparencia, así como por los demás medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, dirigidas a la Dirección General de Economía e Industria.

El anteproyecto se estructura en un título preliminar y tres títulos, dos disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y cinco disposiciones finales. La norma, según su exposición de motivos, responde a la necesidad de racionalizar la regulación existente en un contexto de intensificación de la competencia entre territorios para la captación de inversión y talento, dando continuidad a la estrategia de simplificación normativa y reducción de cargas administrativas ya iniciada por la Comunidad.

En materia de modernización regulatoria, el texto eleva a rango legal la evaluación ex ante y ex post de las normas, regula las cláusulas de vigencia temporal y fija la predictibilidad de la entrada en vigor: las disposiciones que impongan nuevas obligaciones a los operadores económicos entrarán en vigor el 2 de enero o el 1 de julio siguientes a su aprobación. Incorpora, además, el principio de compensación de cargas administrativas, la regla de "uno dentro, uno fuera", por la que no podrá adoptarse una nueva carga sin eliminar otra de coste al menos equivalente, y consolida la Línea abierta contra la hiperregulación como canal para recabar propuestas de desregulación.

El título II regula el régimen de entidades privadas colaboradoras en la colaboración público-privada, que podrán ejercer funciones de comprobación, informe y certificación documental, siempre que estén acreditadas conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 por la ENAC u otro organismo equivalente. La norma establece para estas entidades un régimen de infracciones y sanciones con multas de 600 a 3.000 euros para las leves, de 3.001 a 100.000 euros para las graves y de 100.001 a 500.000 euros para las muy graves, con una reducción del 50 % por pago voluntario.

El título III refuerza la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid —que pasa de estar regulada por el Decreto 15/2023, ahora derogado, a tener rango de ley— para garantizar la celeridad en la tramitación de los proyectos de especial interés. Tendrán esta consideración las iniciativas que generen 50 o más puestos de trabajo indefinidos a jornada completa o que impliquen una inversión en activos fijos igual o superior a 10 millones de euros (24 millones en instalaciones energéticas). Su declaración conlleva tramitación preferente y urgente, con reducción a la mitad de los plazos, un plazo de resolución de treinta días hábiles y silencio administrativo positivo.

El mismo título habilita los entornos controlados de pruebas (regulatory sandbox), espacios de experimentación para ensayar nuevos productos, servicios, tecnologías y modelos de negocio bajo supervisión regulatoria. La ley se completa con una disposición que impulsa el uso de soluciones basadas en datos e inteligencia artificial en la tramitación administrativa y con la modificación de la Ley 11/2022 para reforzar el informe de impacto económico y regulatorio.

Al tratarse de una norma horizontal, sus previsiones sobre agilización de trámites, reducción de cargas y colaboración público-privada resultan aplicables a los operadores económicos de todos los sectores sujetos a competencias autonómicas, sin que el anteproyecto contemple medidas específicas para ninguna actividad concreta. Una vez concluido el trámite de audiencia, el texto seguirá los trámites necesarios para su aprobación y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). VER PROYECTO

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