Según recoge el dario Infomación, la entidad ha adaptado requerimientos de MiFID II como las pautas para la clasificación de los clientes y de los productos financieros o los test de conveniencia y de idoneidad.
Pero su código de conducta también mantiene cuestiones relativas al ocio de sus empleados, la buena educación, la armonía familiar, el respeto al medio ambiente, las relaciones personales y familiares con la entidad o sus vínculos con autoridades, directivos y funcionarios públicos. También aspectos relacionados con la confidencialidad, los regalos e invitaciones que reciben o realizan, la igualdad, el pago riguroso de impuestos, las incursiones en Bolsa de sus empleados, la participación en sociedades offshore (sitas en paraísos fiscales) e incluso a qué dedican el tiempo libre.
El banco desaconseja a sus trabajadores acudir a casinos y casas de apuestas. Y menos aún llevar allí a “personas que mantengan cualquier tipo de relación profesional o de clientela con el Grupo Santander”:
"Además, los Sujetos del Código desarrollarán una conducta profesional recta, imparcial, honesta y conforme con los principios de responsabilidad social corporativa del Grupo. Se abstendrán de participar en actividades ilegales o inmorales o de atraer negocio al Grupo realizándolas. Se estima desaconsejable la asistencia frecuente a los casinos de juego y, en general, las apuestas, que en ningún caso podrán realizarse con personas que mantengan cualquier tipo de relación profesional o de clientela con el Grupo".
VER DOCUMENTO, PÁG 5
La entidad vela por unos elevados estándares de educación. Prohíbe, por considerar “inaceptables”, cualquier tipo de agresión física o verbal entre sus empleados. Pero también cuida de que sus trabajadores disfruten y promuevan la conciliación familiar, “para mejorar la vida de sus empleados y de sus familias”, según se lee en su Código General de Conducta. “Los empleados de Santander desarrollarán una conducta profesional recta, imparcial, honesta”, ordena y compendia.
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