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EXCLUSIVA | FERNANDO HENAR aplaude la llegada del bingo electrónico a Murcia: "Ayuda a las salas a competir en un mercado cada vez más digitalizado"

 
Comentarios a la entrada en vigor del bingo electrónico a en la Regiónde MURCIA

Fernando Henar, presidente de la patronal del bingo, valora en exclusiva la reforma murciana, que ya funciona en otras diez comunidades.

JACQUELINE MECINAS | MADRID

El presidente de la Confederación Española de Organizaciones de Empresarios del Juego del Bingo (CEJ), Fernando Henar, ha valorado en exclusiva para Infoplay la reforma del bingo aprobada por la Región de Murcia, que introduce el bingo electrónico en sus dos modalidades. "Es una excelente noticia la aprobación del bingo electrónico en la Región de Murcia, en sus dos versiones, en 'Red' y en 'Sala'", afirma Henar, que recuerda que "desde la CEJ llevamos años impulsando este tipo de modalidades" y que Murcia "se une a otras 10 comunidades autónomas donde ya se vienen aplicando".

El dirigente subraya el papel de la tecnología como eje de la reforma: "En ambos casos, las nuevas tecnologías se ponen al servicio del juego, con especial atención a la seguridad, la trazabilidad y la mejora de la oferta".

Sobre el bingo electrónico en Red (BER), Henar destaca que "permite ofrecer partidas mediante la interconexión en tiempo real de distintos establecimientos", una posibilidad que, a su juicio, "incrementa el atractivo de los premios y favorece un ritmo de juego más dinámico". En cuanto al bingo electrónico de sala (BES), considera que "se ha consolidado como una evolución necesaria para el sector, combinando la experiencia social del bingo tradicional con las ventajas tecnológicas que optimizan la gestión de la sala, permitiendo jugar en una misma partida tanto con cartones físicos como con cartones electrónicos".

El presidente de la patronal pone también en valor la nueva arquitectura de premios: "La mejora de las estructuras de juego, especialmente en lo relativo a la distribución y devolución de los premios, aporta un atractivo adicional y contribuye a ofrecer una experiencia más positiva para los usuarios". Y resume así el alcance de la reforma: "El bingo electrónico permite modernizar la oferta, mejorar la eficiencia operativa de los establecimientos y ofrecer una experiencia de usuario más adaptada a los tiempos actuales. Todo ello ayuda a las salas de bingo a competir en mejores condiciones dentro de un mercado del juego cada vez más digitalizado".

Las claves del Decreto 164/2026

La valoración de la CEJ llega tras la aprobación del Decreto 164/2026, de 10 de septiembre, publicado el viernes 18 de septiembre en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, que modifica el Reglamento del Juego del Bingo, el Catálogo de Juegos y Apuestas y la composición de la Comisión del Juego y Apuestas regional. La norma entrará en vigor 20 días después de su publicación.

La reforma diferencia dos modalidades, ambas complementarias al bingo tradicional y que no podrán autorizarse en exclusiva: el bingo electrónico, desarrollado mediante terminales y gestionado por una o varias empresas autorizadas como Red de Distribución, y el bingo electrónico de sala, organizado por la propia empresa titular y compatible con cartones físicos y electrónicos en una misma partida. El texto elimina el bingo automático como modalidad diferenciada, y las salas que dispongan de esa autorización tendrán un año para adaptarse.

La gran novedad es la interconexión del bingo electrónico murciano con salas de otras comunidades autónomas. La conexión se realizará entre los servidores centrales de los sistemas homologados y exigirá autorización administrativa, además de informes que acrediten el correcto reparto de premios, la seguridad de la conexión y la trazabilidad de las partidas, lo que permitirá compartir partidas y ofrecer premios comunes de mayor alcance.

En el bingo electrónico, los cartones se comercializarán al valor que fije la empresa autorizada, con un máximo de 6 euros. Cada partida durará un mínimo de 30 segundos y las combinaciones ganadoras, configurables por la empresa, deberán comunicarse al órgano competente con siete días de antelación. El porcentaje destinado a premios no podrá ser inferior al 80% de lo jugado en cada trimestre, con un mínimo del 40% por partida, y los premios podrán abonarse en efectivo, mediante cheque o transferencia, o cargarse en el saldo de la cuenta electrónica del jugador.

El bingo electrónico de sala permitirá jugar de forma simultánea con cartones físicos y digitales, con valores de 2, 3, 5, 6 o 10 euros e integrados en series de 174.948 unidades120.000 para impresión física y 54.948 para terminales electrónicos—, sin que puedan coincidir dos cartones con la misma combinación. Los premios recibirán el 75% del valor facial de los cartones vendidos en cada partida, repartido entre línea (5%-15%), bingo (30%-60%) y bolsa acumulada (10%-40%).

La regulación incorpora además los premios de Prima, Prima Especial, Premio Bancado, Bingo Extra y Bingo Acumulado. Las primas podrán alcanzar los 5.000 euros; el Premio Bancado al Bingo y el Bingo Extra, los 6.000 euros; y el Bingo Acumulado tendrá un tope de dotación de 10.000 euros.

En materia de control, los sistemas técnicos deberán permitir a la Administración murciana consultar en tiempo real los cartones vendidos y anulados, las cantidades jugadas, las combinaciones ganadoras, los cartones premiados, las cuantías abonadas y el porcentaje destinado a premios, y contar con servidores de sala, servidor central, servidor de comunicaciones, sistema informático de caja y mecanismos de verificación. La Administración podrá bloquear el servidor central, los servidores de sala o los terminales ante indicios razonables de una infracción muy grave. Las empresas que operen como Red de Distribución deberán constituir una fianza de 30.000 euros y sus autorizaciones tendrán una vigencia de diez años, renovable por periodos iguales.

El decreto refuerza asimismo la protección del jugador: las salas deberán mantener un servicio de admisión en todas sus entradas e identificar y registrar a cuantos usuarios accedan, aunque no lleguen a jugar, ya sea mediante personal o sistemas homologados, y denegar el acceso a menores de edad y a las personas inscritas en el registro de prohibiciones. Las comunicaciones publicitarias por correo electrónico o medios equivalentes solo podrán enviarse cuando el destinatario las haya solicitado o autorizado expresamente.

Por último, la norma incorpora por primera vez a un representante de las asociaciones empresariales de apuestas en la Comisión del Juego y Apuestas de la Región de Murcia, que mantendrá también a los representantes de casinos, bingos, empresas de máquinas recreativas, fabricantes de material de juego, sindicatos, consumidores y entidades de atención a las adicciones, y que se reunirá al menos una vez al año.

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