Además de cumplidamente calificada y cuantificada, lo mollar de los ecos sobre la noticia nos dirigen al hecho de que en su plan anual normativo la Consellería ni había contemplado modificar nada al respecto, ni siquiera en la revisión del texto hecha en junio. Lo cual supone una clara y manifiesta ilegalidad según indican las críticas de importantes actores jurídicos del sector, acompañadas de fragmentos de textos legales que así lo refrendan.
Aparte de la innegable sensación de provisionalidad y urgencia en la ejecución de la medida, sobre la que circula el sambenito de “recaudatoria” como otros de sus adjetivos calificativos circulantes; las redes claman aportando nuevos documentos y motivos contra la posible negativa final sobre enmendar nada.
Entre líneas algunos ven una simple explicación como única tarea pendiente entre el “debe” y la propia derogación; otro motivo más por el que el sector está en pie de guerra: El creciente temor y la novedad que supone ser desoído en un sector tradicionalmente cohesionado. Arrecian las críticas sobre la falta de consenso, al tiempo que se desgajan sílaba a sílaba las palabras del Conseller a la búsqueda de la enésima falla. La legal parecen haberla encontrado, o al menos un resquicio.
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