La Ciudad Autónoma de Ceuta promociona su régimen económico y fiscal específico que ofrece grandes ventajas para las empresas operadoras de juego online, lo que sin duda le convierten en el mejor lugar de Europa para establecerse.
Ceuta está situada al lado sur del Estrecho de Gibraltar y está conectada con la Península mediante líneas marítimas de última generación (más de 20 salidas diarias con una duración aproximada de 50 minutos).
Asimismo, tiene un helipuerto civil que une a Ceuta mediante helicóptero con Algeciras en menos de 10 minutos y varias conexiones diarias con el aeropuerto internacional de Málaga (25 min).
Entre las infraestructuras de Ceuta destacamos: puerto comercial, de cruceros y deportivo, conexión de fibra óptica de última generación (4 cables), Hospital Universitario de Ceuta, Campus de la Universidad de Granada UGR y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia UNED, institutos de Formación Profesional DUAL, polígonos industriales privados y nuevo polígono de 40.000 m2 con superficies disponibles.
A continuación, compartimos las ventajas fiscales para las operadoras de juego online:
Impuesto sobre actividades del Juego en España (operadas desde Ceuta): tipo del 10% del beneficio neto, frente al 20% si el servicio se presta desde cualquier otro lugar.
REQUISITOS:
- Que las operadoras tengan domicilio fiscal y se encuentren realmente radicadas en Ceuta.
- Que más del 50% de los medios personales de la operadora, es decir, de su plantilla, estén adscritos a su sede en Ceuta o Melilla y tengan allí su residencia habitual.
- Que más del 50% de los costes de personal totales de la empresa (masa salarial) corresponda a los empleados adscritos a su sede en Ceuta o Melilla y tengan allí su residencia habitual.
- Que el conjunto de servicios recibidos por la operadora de otras empresas del grupo (servicios intragrupo) no supere el 50% del total de los costes de la operadora, y ello con independencia de la radicación de las demás empresas del grupo.
También, ofrece otras ventajas fiscales:
IMPUESTO DE SOCIEDADES
Tipo efectivo general del 12.5%. Los dos primeros años de implantación con beneficio al 7,5%.
COTIZACIÓN EMPRESARIAL A LA SEGURIDAD SOCIAL
Bonificación del 50%, resultando una cuota efectiva del 11.80%.
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
Bonificación del 75%.
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS. ITPAJD.
Bonificación del 50%.
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
Bonificación del 50%.
IMPUESTOS LOCALES
Bonificación del 50%.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Bonificación del 60%.
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