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Comienza el plazo de alegaciones al proyecto que regula la Comisión de juego y apuestas de Castilla y León

 
Hasta el día 10 de octubre, incluido, se extiende el plazo de presentación de alegaciones al Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 279/1998, de 23 de diciembre, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de juego y apuestas de la Comunidad de Castilla y León.
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Así, el plazo de presentación de alegaciones es de 10 días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación en la plataforma de gobierno abierto el 30 de septiembre de 2022 (desde el 1 hasta el 10 de octubre de 2022, ambos incluidos.

La Comisión del Juego y Apuestas de la Comunidad de Castilla y León estará formada por los siguientes miembros:

a) Presidente: El titular de la Consejería competente en materia de juego y apuestas, cuyo voto será dirimente.

b) Vicepresidente: El titular del órgano directivo central competente en materia de juego y apuestas.

c) Vocales:

1.º El titular del órgano directivo central competente en materia de tributos.

2.º El titular del órgano directivo central competente en materia de salud pública.

3.º El titular del órgano directivo central competente en materia de turismo.

4.º Un representante de la asociación o asociaciones empresariales de casinos de juego de Castilla y León o, en su defecto, del sector de casinos de juego.

5.º Un representante de la asociación o asociaciones empresariales de salas de bingo de Castilla y León o, en su defecto, del sector de salas de bingo.

6.º Un representante de la asociación o asociaciones empresariales de máquinas de juego de Castilla y León o, en su defecto, del sector de máquinas de juego de Castilla y León.

7.º Un representante de la asociación o asociaciones empresariales de salones de juego de Castilla y León o, en su defecto, del sector de salones de juego de Castilla y León.

8.º Un representante de la asociación o asociaciones empresariales de apuestas de Castilla y León o, en su defecto, del sector de apuestas de Castilla
y León.

9.º Un representante de la Delegación del Gobierno en Castilla y León.

10.º Un representante de las asociaciones de consumidores y usuarios de implantación en la Comunidad que estén inscritos en el Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León.

11.º Un letrado designado por el órgano directivo central competente en materia de servicios jurídicos.”.

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