El Tribunal Supremo ha dado luz verde al recurso de casación presentado por SOS Hostelería y ASMOVAR contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que falló sobre la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica, aprobada por el Ayuntamiento de Valencia en marzo de 2023.
Dicha normativa impide la apertura de establecimientos de hostelería a una distancia inferior a 30 metros entre sí y fue mantenida por la actual corporación municipal.
La primera sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo analizará si el Ayuntamiento, bajo la justificación del control del ruido, puede establecer requisitos de separación que afecten al acceso o ejercicio de la actividad hostelera, en aplicación de la Ley 20/2013 de garantía de la unidad de mercado y la Ley 17/2009 sobre el libre acceso a los servicios.
Con este pronunciamiento, el Alto Tribunal determinará si la administración valenciana ha excedido sus competencias al condicionar la implantación de bares y cafeterías con criterios acústicos, o si su actuación se ajusta a la normativa.
Fidel Molina, presidente de SOS Hostelería, ha expresado su pesar por tener que recurrir “sin que el Ayuntamiento se sentara a dialogar con nosotros”. Molina ha subrayado que la asociación “siempre ha promovido el cumplimiento de la legislación acústica” y confía en que este trámite ante el Supremo facilite “una negociación que permita conciliar la actividad hostelera con las exigencias de la ordenanza”.
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