El DOG de Catalunya ha publicado la ORDEN ECO/99/2023, de 26 de abril, por la que se da publicidad a las tasas con carácter general de los departamentos de la Generalitat de Catalunya y del Departament d’Economia i Hisenda.
Así lo resumen la asociación EUROPER:
Para el 2023, y en virtud de lo dispuesto en la Ley 2/2023, del 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023, las tasas por la prestación de servicios en materia de juegos y apuestas son:
1. Emisión de documentos de homologación de material de juego o inscripción en el Registro de modelos: 256,85 euros.
2. Inscripción, autorización y renovación de empresas:
2.1. Inscripción en los registros y autorización de empresas de juego: 320,55 euros.
2.2. Modificaciones de las condiciones de inscripción y autorización de empresas de juego: 64,05€
3. Emisión de documentos profesionales: 38,20 euros.
4. Autorización, renovación o régimen de comunicación de locales y establecimientos:
4.1. De casinos de juego: 6.417,15 euros.
4.2. De salas de bingo: 1.283,20 euros.
4.3. De salones de juego (máquinas B): 641,60 euros.
4.4. [suprimido por la Ley 5/2020, de 29 de abril]
4.5. De otros locales de juego: 64,05 euros.
4.6. Modificación de autorizaciones de constitución y funcionamiento de locales y establecimientos de juegos: 64,05 euros.
5. Expedición y duplicados de permisos de explotación: 128,05 euros.
6. Diligencias relativas a la tramitación de la instalación o el emplazamiento y a los permisos para la explotación de las máquinas recreativas y de azar, y diligencias relativas a los libros: 64,05 euros.
7. Examen de expediente de autorizaciones o de comunicaciones de rifas, tómbolas, combinaciones aleatorias y apuestas: 64,05 euros.
8. Expedición de duplicados: 50 % de la cuota.
9. Expedición de permiso de explotación por sustitución con emplazamiento: 255,35 euros.
10. Expedición de permiso de explotación con emplazamiento: 191,70 euros.
11. Obtención de la habilitación como entidad de inspección o como laboratorio de ensayos: 1.283,15 euros. En función del tipo de habilitación solicitada deben pagarse, además, las siguientes tasas:
11.1. Por ensayos previos de homologación de máquinas recreativas de los tipos B y C: 382,15€
11.2. Por la autorización de otros elementos y material de juego y apuestas o por inspecciones técnicas para la renovación de permisos de explotación de máquinas recreativas y de azar: 262,35 euros.
11.3. Por la comprobación del funcionamiento correcto de los aparatos y los materiales de juego y apuestas: 341,70 euros.
11.4. Por la inspección y el control técnico de las instalaciones, de acuerdo con lo que establece el artículo 20.3 de la Ley 1/1991, del 27 de febrero, reguladora del régimen sancionador en materia de juego: 382,15 euros.
12. Por la autorización, modificación y cancelación de interconexiones de máquinas recreativas con premio y de azar: 129,20 euros
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