El Tribunal Superior tilda de «desproporcionada» la distancia de 850 metros a colegios y de 500 entre salones y abre la puerta al pago de indemnizaciones
El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha emitido un auto cuestionando la distancia mínima impuesta por la Ley del Juego a los locales de apuestas en la Comunidad. Esta medida, que prohíbe locales de juego a menos de 850 metros entre sí y de 500 metros con respecto a colegios, ha generado controversia y podría resultar en indemnizaciones millonarias por perjuicios causados a los salones y máquinas recreativas.
El tribunal señala que la legislación podría colisionar con la "libertad de empresa, unidad de mercado y no discriminación". Además, se plantea si la ley, al prohibir la entrada de nuevos bares al negocio de máquinas recreativas, vulnera principios de proporcionalidad, adecuación e idoneidad.
Esta situación podría representar un golpe financiero considerable para el gobierno valenciano, con estimaciones que van desde los 360 hasta los 450 millones de euros en indemnizaciones. La Ley del Juego ya ha tenido un impacto en el aumento de la recaudación por impuestos, lo que complica aún más la situación.
El tribunal está a la espera de un pronunciamiento del organismo europeo antes de emitir un fallo definitivo sobre este asunto. La ley también enfrenta críticas por parte del sector del juego, que argumenta que estas restricciones no tienen suficiente fundamentación y que la norma, en realidad, no previene la concentración de locales.
Esta situación subraya los desafíos legales y financieros que enfrenta la Ley del Juego en la Comunidad Valenciana y abre el debate sobre la regulación de la industria del juego en la región.
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