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Así es el Acuerdo entre el Ministerio de Derechos Sociales y la Asociación de Futbolistas Españoles para combatir el fraude en el Mercado de Apuestas

 
En una iniciativa conjunta para salvaguardar la integridad del mercado de apuestas, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha firmado un convenio de colaboración con la Asociación de Futbolistas Españoles. El objetivo principal de este acuerdo es prevenir, detectar e investigar posibles comportamientos fraudulentos relacionados con las apuestas deportivas. El acuerdo fue publicado ayer 30 de enero en el BOE.
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El convenio establece cláusulas estrictas de confidencialidad, obligando a ambas partes a mantener la información en reserva y secreto, sin revelarla a ninguna persona o entidad ajena al acuerdo. Los datos identificativos que podrán ser tratados incluyen información sobre la identidad de apostantes, deportistas o terceros involucrados, así como datos de las personas participantes en el servicio.

El tratamiento de los datos personales se llevará a cabo conforme al Reglamento (UE) 2016/679 y otras normativas aplicables en materia de protección de datos personales. Además, se destaca que los datos no serán conservados más allá del tiempo necesario para verificar la irregularidad de la conducta, y en ningún caso serán almacenados por más de un año desde su obtención.

En caso de que se inicie un procedimiento de investigación por la policía judicial o un procedimiento sancionador por la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), los datos se incorporarán al proceso correspondiente y se eliminarán del Servicio de Investigación Global del Mercado de Apuestas por la DGOJ.

El convenio, fundamentado en la disposición adicional novena de la Ley 13/2011, tiene una duración inicial de cuatro años, con la posibilidad de prorrogarse por el mismo periodo. Su entrada en vigor será efectiva tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Asimismo, se establecen causas de resolución del convenio, que incluyen el cumplimiento de las actuaciones objeto del mismo, acuerdo de los firmantes, incumplimiento de obligaciones y compromisos, decisión judicial declaratoria de nulidad, o imposibilidad sobrevenida del objeto del convenio.

Este acuerdo, que prohíbe expresamente el tratamiento de datos sensibles, refleja el compromiso conjunto de las partes para garantizar la transparencia y la legalidad en el ámbito de las apuestas deportivas. VER BOE
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