La Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía ha publicado el censo de máquinas autorizadas a 1 de abril de 2024, según el edicto emitido el 15 de abril de 2024. Este anuncio, de conformidad con el artículo 53 de la Ley 5/2021, establece que la tasa fiscal sobre las máquinas recreativas y de azar será exigible trimestralmente.
Según lo dispuesto en el artículo 75.1 de la mencionada ley, se han publicado los datos del registro de matrículas de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas, con efectos meramente informativos. Esta publicación habilita un plazo de diez días naturales para la presentación de alegaciones por parte de las personas interesadas.
La publicación se ha realizado en la Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía, a través del servicio "Consulta del censo de máquinas recreativas y de azar", disponible en el siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25493.html
Se concede un plazo legal de diez días naturales, a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para la presentación de alegaciones por parte de los interesados.
Este edicto precede a la expedición de las liquidaciones de la tasa correspondiente al segundo trimestre de 2024, brindando a los interesados la oportunidad de realizar las alegaciones pertinentes.
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