Los operadores de apuestas que no repercutan los ingresos previstos al destino social incurrirán en responsabilidad civil, administrativa y penal
Este miércoles (31/07), el Departamento de Premios y Apuestas del Ministerio de Hacienda publicó
la Ordenanza SPA/MF nº 1.212/2024, que establece cómo los operadores de apuestas deben recaudar las asignaciones sociales. Como todas las loterías en Brasil, parte de la recaudación debe cumplir una función social. En la lotería de apuesta fija, la legislación establece como beneficiarias las áreas de salud, educación, deporte, seguridad social, desarrollo industrial, turismo y seguridad pública.
La Ordenanza contiene reglas específicas para orientar a las empresas sobre cómo recaudar los importes previstos en el §1-A del artículo 30 de la Ley 13.756/2018, modificada por la Ley 14.790/2024. El primer paso fue especificar los códigos de recaudación de los importes que se pasarán al Tesoro Nacional, utilizando un Documento de Recaudación de Ingresos Federales (DARF).
De acuerdo con la nueva norma del marco regulatorio de las apuestas de lotería con cuotas fijas, el operador de apuestas que no transfiera los ingresos previstos al destino social estará sujeto a responsabilidad civil, administrativa y penal.
Deberán conservar a disposición de la SPA, durante un periodo de cinco años, los justificantes de las transferencias a la Hacienda Pública y a los beneficiarios legales.
En el caso de premios perdidos, en los que el jugador pierde el derecho a recibir el premio o a solicitar su devolución, los importes se ingresarán en la Cuenta Única del Tesoro. Los operadores tendrán que presentar informes mensuales de rendición de cuentas, que serán supervisados por la SPA. Las normas establecidas por la ordenanza se aplicarán a partir del 1 de enero de 2025.
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