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Identificación, Video-Identificación y Más: Sepblac detalla las obligaciones para Operadores de Juego Online en España

 
Identificación, Video-Identificación y Más: Sepblac detalla las obligaciones para Operadores de Juego Online en España
Con el propósito de aclarar las dudas surgidas en la Jornada sectorial sobre Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (PBC/FT) para operadores de juego online, organizada por la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), el Tesoro Público y el Sepblac, se ha inaugurado una nueva sección en la página web de Sepblac.
INFOPLAY/ COMUNICADO |
Esta sección, alojada dentro del apartado de Preguntas Frecuentes bajo el título "Operadores de juego online", busca proporcionar respuestas claras y directas a las interrogantes más comunes de los operadores sobre normativas aplicables y procedimientos obligatorios.

La nueva sección aborda temas cruciales como la normativa que deben seguir los operadores de juego online para identificar a sus clientes, incluyendo las leyes de prevención del blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, protección de datos personales y regulaciones de juego. Se especifica que, en caso de discrepancias entre las normativas, prevalecerán los requisitos más exigentes para asegurar el cumplimiento integral.

También se trata el uso de video-identificación para clientes de juego online, detallando cómo esta práctica se alinea con el principio de “minimización de datos” del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). A pesar de la recolección de datos personales durante este proceso, se garantiza que el tratamiento de los mismos cumple con las regulaciones de protección de datos, ofreciendo seguridad adicional tanto a los operadores como a los clientes.

Un aspecto relevante que se clarifica es el uso del pasaporte como medio de identificación para clientes de nacionalidad española, explicando que el Documento Nacional de Identidad (DNI) debería ser el documento prioritario a menos que situaciones excepcionales justifiquen una alternativa.

Además, se enfatiza que cada operador de juego online tiene la obligación individual de identificar a sus clientes y no puede depender de identificaciones previas realizadas por otros operadores. Esta sección también aborda la gestión de múltiples cuentas corrientes o medios de pago de los clientes, sugiriendo que una pluralidad de estos puede ser indicativo de actividades de alto riesgo, lo cual requeriría medidas de diligencia debida reforzada. VER: https://www.sepblac.es/es/sujetos-obligados/preguntas-frecuentes/#operadores_juego_online
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