El tribunal anula la modificación del Plan General por imponer distancias más restrictivas que las fijadas por la normativa autonómica sin la debida justificación.
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha anulado
la reforma urbanística aprobada por el Ayuntamiento de Lorca en enero de 2023, cuyo objetivo era alejar los salones de juego de los centros educativos y aumentar la distancia entre los propios locales de apuestas.
La sentencia estima el recurso presentado por dos establecimientos de juego contra la modificación puntual del Plan General Municipal de Ordenación (PGMO), dejando sin efecto las restricciones que afectaban a la implantación de salas de juegos recreativos, bingos y otros locales de azar en plantas bajas.
El fallo judicial reconoce la legitimidad del Ayuntamiento de Lorca para regular en materia urbanística y de usos del suelo. Sin embargo, la Sala dictamina que la medida debe ser anulada porque no se ha justificado por qué el municipio estableció distancias de alejamiento más severas que las ya aprobadas por la Comunidad Autónoma, que es la administración competente en materia de juegos y apuestas.
El tribunal considera que el consistorio lorquino excedió los límites regulatorios al endurecer las condiciones sin un respaldo técnico o legal suficiente que motivara esa diferencia respecto a la norma regional.
La reforma del PGMO que ha sido derogada imponía requisitos estrictos para la apertura de nuevos locales:
Protección de zonas sensibles: Se prohibía la ubicación de locales de juego en un radio inferior a 500 metros de parcelas destinadas a equipamiento escolar, deportivo, sociosanitario o cultural, así como de colegios, institutos, centros de salud y consultorios médicos, independientemente de su ubicación.
Saturación del sector: Se establecía una distancia mínima obligatoria de 1.000 metros con respecto a otros establecimientos de juego ya existentes o con autorización en trámite.
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