El Protocolo PACS permite obtener informes de actividad, denunciar la suplantación, solicitar certificados a los operadores y trasladar la documentación a la Agencia Tributaria.
La Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) recuerda la existencia del Protocolo de Actuación para Contribuyentes Suplantados (PACS), una guía dirigida a las personas cuya identidad haya sido utilizada por terceros en plataformas de juego online para generar ganancias que después aparecen vinculadas a su declaración fiscal. El protocolo está especialmente pensado para quienes detectan en sus datos fiscales de la Agencia Tributaria actividad de juego que no reconocen, o reciben una notificación de comprobación por IRPF con ganancias de juego no declaradas que aseguran no haber obtenido.
A través del portal PACS, el ciudadano puede obtener la información y documentación necesaria para justificar la suplantación de identidad. Para acceder es necesario identificarse mediante certificado electrónico, Cl@ve o DNI electrónico.
El primer paso consiste en descargar el certificado anual de movimiento de juego, también denominado informe de transacciones, correspondiente al ejercicio fiscal en el que se produjo la suplantación. Este documento incorpora una referencia PACS, que identifica al ciudadano y el año afectado.
Una vez obtenido el certificado, la DGOJ recuerda que debe presentarse una denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al tratarse de una usurpación de identidad. En la denuncia debe indicarse que se sigue el Protocolo PACS, señalar que la suplantación está vinculada al juego online y reflejar las empresas en las que se habría producido la actividad no reconocida.
El siguiente paso es dirigirse exclusivamente a los operadores en los que se haya detectado la suplantación. El afectado deberá remitirles el certificado anual de movimiento de juego y copia de la denuncia. Una vez validada la documentación, el operador debe emitir un certificado de actividad, con información sobre la identificación del operador, los datos del jugador, la cuenta de juego, el resumen de movimientos y los medios de pago utilizados.
Con esos certificados, el contribuyente debe ampliar la denuncia inicial, aportando la referencia PACS, el código de denuncia y los certificados emitidos por los operadores. Posteriormente, toda la documentación deberá trasladarse a la Agencia Tributaria.
Si el ciudadano se encuentra en periodo de declaración y no reconoce esas ganancias, la DGOJ indica que no debe incluirlas como ganancia patrimonial en el IRPF y que debe aportar la documentación justificativa por Registro. Si la AEAT ya ha iniciado una comprobación por ganancias de juego no reconocidas, la documentación debe incorporarse al expediente de comprobación.
La documentación básica a presentar ante la AEAT incluye la referencia PACS, copia de la denuncia y los certificados de actividad emitidos por los operadores. La presentación puede realizarse online, a través de las gestiones de IRPF de la Agencia Tributaria, presencialmente en una oficina habilitada o por correo administrativo.
La DGOJ también recomienda inscribirse en el servicio Phishing Alert, una herramienta que permite a los ciudadanos recibir avisos si alguien intenta registrarse en un operador de juego de ámbito estatal utilizando datos de identidad coincidentes con los suyos.
Para incidencias relativas al desarrollo del protocolo, la DGOJ mantiene habilitado el buzón
dgoj.pacs@ordenacionjuego.gob.es
En caso de problemas técnicos de acceso al portal, como incidencias con certificado digital o Cl@ve, el correo indicado es
dgoj.eadministracion@ordenacionjuego.gob.es
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