Tal y como SAREIBA nos comenta: "Existen pocas novedades..., no aumentan los importes de las tasas fiscales, se mantiene la bonificación en la tasa fiscal de los casinos, desaparece la tasa fiscal que se aplicaba a las máquinas tipo "grua" y se adecua la tributación de las máquinas en prueba al periodo en el que están en este estado".
Así, en el ámbito de los impuestos propios y de los cedidos, se realizan determinados ajustes técnicos en el canon de saneamiento de aguas, se mantiene el beneficio fiscal contenido en las últimas leyes de presupuestos respecto de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar en casinos de juego, y se fija la tributación de las máquinas de juego de tipo B y C o terminales en pruebas que prevé la normativa sectorial vigente.
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