El Gobierno ha introducido en los Presupuestos Generales del Estado una disposición para que se cambie el artículo 70.2 de la Ley del IVA que obligaba a que las empresas radicadas en Ceuta por la prestación de sus servicios debían abonar el IVA (21%) en vez del IPSI (0,5%).
Esta modificación del artículo 70, el cual se relaciona con las reglas especiales sobre el lugar de realización de las prestaciones de servicios, implicaría que los servicios que se presten a empresas radicadas en Ceuta se les impute el pago del IPSI (0,5%) y no del IVA (21%).
Esta decisión abona el terreno para la llegada de más empresas del sector del juego y por ende más contrataciones de personal, que a mediano y largo plazo se traducirá en la dinamización de la economía.
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