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ULTIMA HORA CASTILLA LA MANCHA || INFORMACIÓN PÚBLICA

 
El Diario Oficial de Castilla La Mancha publica hoy la Resolución de 23/10/2020, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, por la que acuerda la apertura de información pública del borrador del anteproyecto de ley del régimen administrativo y fiscal del juego de Castilla-La Mancha.
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Así, se somete a información pública por un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, a fin de que los titulares de derechos e intereses legítimos, individuales o colectivos, afectados por el citado anteproyecto de ley, puedan examinar el borrador y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

A tales efectos, se pondrá de manifiesto el borrador del anteproyecto en la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, sita en la calle Cuesta de Carlos V, 5, entreplanta, de Toledo, todos los días laborables en horario de 9:00 a 14:00 horas. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios electrónico de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: https://www.jccm.es.


Recordamos además, que el pasado 23 de octubre se publicaba la Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha que contenía la Bonificación de la tasa fiscal:


1.Se establece una bonificación de la cuota fija de la tasa fiscal que graba las máquinas o aparatos de juego, en el porcentaje equivalente al número de días en los que, como consecuencia de la suspensión de la apertura al público de los locales y establecimientos señalados en el artículo 10.3 y anexo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, no ha sido posible la explotación de aquéllas en los locales y establecimientos en los que conforme a la normativa de juego pueden instalarse este tipo de máquinas.

2.El importe de la bonificación se calculará dividiendo las cuotas semestrales fijadas en el artículo 31.2 de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha, por el número total de días del correspondiente semestre y multiplicando la cifra obtenida por el número de días en los que no ha sido posible la explotación de las máquinas conforme a lo establecido en el apartado anterior.


VER RESOLUCIÓN PUBLICADA HOY EN EL BOLETÍN
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