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NOTA DE PRENSA e IMAGEN OFICIAL del Ministerio de Consumo

 

   Imagen difundida por el ministerio de Consumo


El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto para regular la publicidad del juego online privado. Publicamos la nota de prensa oficial y esta imagen que difunde el propio Ministerio de Consumo.
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COMUNICADO OFICIAL


El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto pararegularla publicidad de apuestas y juegos de azar


La publicidad audiovisual de operadores de juego solo estará permitida entre las 1.00h. y las 5.00 h.de la madrugada y quedan prohibidos los bonos promocionales para la captación de clientes

Los clubes deportivos no podrán exhibir publicidad de operadores del juego en sus equipaciones

El incumplimiento supone multas de hasta un millón de euros y la suspensión de la actividad empresarial


El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades del juego. Regula, por primera vez, la publicidad del sector de las apuestas en líneay juegos de azar en España. Según el ministro de Consumo, Alberto Garzón, el gobierno “pone fin a la ley de la selva” que ha regido el sector de la publicidad del juego hasta ahora.

La nueva normadesarrolla losartículos7 y 8 de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación del juego y prohíbe con ella la publicidad audiovisual fuera del horario de 1.00 h. a 5.00 h.de la madrugada. Además, el nuevo texto ajusta el contenido de los mensajes publicitarios para proteger a los sectores más vulnerables e impide a los operadores del mercado del juego la emisión de bonos de captación de jugadores, entre otras medidas.

Desde 2011, en España, las empresas del sector del juego han incrementado cada año su inversión en publicidad, promoción y patrociniosin que este mercado se hayareguladohasta ahora. En los últimos cuatro años, las cifras de inversión sehan triplicadoen nuestro país. Junto a este incremento de la inversión en publicidad, promoción y patrocinio se ha producido un aumento del consumo del juego entre jóvenes de 18 a 25 años. En 2017, el 28% de los nuevos jugadores formaba parte de esta franja de edad. Dos años después, en 2019, la cifra se ha incrementado doce puntos y se sitúa en el 40%.


A través de esta legislación, el gobierno da respuesta a la demanda social crecienteque pide mayorprotección de la salud pública en el ejercicio de las actividades del juego, de los menores y de los consumidores en su conjunto. La iniciativa se ancla en el acuerdo de gobierno suscrito por PSOE y Unidas Podemos para la actual legislatura.

Con este Real Decreto, el Gobierno da cumplida cuentaa las numerosas iniciativas aprobadas en las Cortes Generales y en las cámaras legislativas autonómicas. También tiene en cuenta la Recomendación de la Comisión Europea de 14 de julio de 2014, relativa a principios para la protección de los consumidores y los usuarios de servicios de juego en línea y la prevención entre las personas menores de edad.

El Consejo de Ministros, por tanto, ha aprobado hoy un Real Decreto ampliamente validado por todas las instituciones, desde la Comisión Europea hasta el Consejo de Estado, que incorpora además recomendaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y del Defensor del Pueblo.

Regulación


El nuevo texto consta de 37artículos,agrupados en cuatro títulos, seis disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.A través de ellos, el Gobierno regula los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 sobre publicidad, patrocinio y promoción de la actividad del juego,así como la protección de consumidores y políticas de juego responsable.

En lo que se refiere a la publicidad, patrocinio y promoción, la norma establece un paquete de medidas para restringir la exposición de los menores y otros colectivos vulnerables a la comunicación comercial del sector de las apuestas así como a proporcionar una adecuada percepción del juego como actividad de riesgo potencial. De la misma forma, el Real Decreto permite prevenir la generación de conductas de juego irreflexivo o compulsivo y garantizar que la información a los jugadores es veraz y suficiente para formarse una idea cierta y no distorsionada de lo que implica la actividad deljuego.

En cuanto a protección de consumidores y políticas de juego responsable, el Real Decreto desarrolla la regulación del juego seguro o responsable para establecer acciones concretas y expresas por parte de los operadores del juego. Consisten en la obligatoriedad de las empresas de informar proactivamente a los consumidoresde los riesgos inherentes al juego y de las condiciones de desarrollo de los mismos. De la misma forma, las medidas contenidas en este bloque buscan sensibilizar a la sociedad de los potenciales efectos adversos y detectar patrones de consumo problemático.

Medidas destacadas


El Real Decreto de Comunicaciones Comerciales de las Actividades del Juego prohíbela utilización de bonos promocionales para la captación de jugadores. Las empresas solopodrán dirigir sus ofertas a clientes registrados y verificados y, en ningún caso, a personas que hayan mostrado comportamientos patológicos en la actividad del juego.Para ello, se establecen nuevas obligaciones a los operadores para fortalecer el control de acceso al mercado de las apuestas.

Los clubes deportivos no podrán firmar contratos de patrocinio concasas de apuestas que impliquellevar publicidad de juegos de azar en camisetas y equipaciones. La publicidad de apuestas en estadios deportivos, cuando acojan eventos emitidos en directo, deberá ajustarse a los mismos horarios que al resto de soportes. Los clubes tampoco podrán realizaractividades de patrocinio que consistan en la utilización de la marcade un operador para identificar a una instalación deportiva. Tampoco se podrá emitir publicidad de apuestas durante eventos deportivos en soporte alguno fuera del horario de 1 a 5 de la madrugada.

La publicidad a través de correo postal queda prohibida y la que se realice a través de correo electrónico solo podrá emitirse con el consentimiento de la persona interesada, en ningún caso cuando el receptor haya desarrollado comportamientosde riesgo. Aquella comunicación comercial que se realiza en medios publicitarios presenciales, tales como vallas publicitarias u otros soportes de publicidad exterior, deberá atender a lo dispuesto en elReal Decreto y a la normativa autonómica en vigor.

De igual forma, la publicidad en Internet queda relegada a los portales de los operadores del juego. No entran en esta categoría los perfiles en redes sociales, donde las empresas del juego solo podrán emitir mensajes publicitarios a sus seguidores; ni las plataformas de intercambio de video como Youtube, donde la publicidad queda relegada al mismo horario que el resto de soportes publicitarios.

Además, para mayor protección de los menores, se incluye el control parental a través mecanismos que identifiquen la categoría de juegos de azar enla publicidad en línea. Tanto en motores de búsqueda, redes sociales o plataformas de intercambio de vídeo, los operadores deberán contar con instrumentos que garanticen que,en ningún caso,su publicidad se dirige a menores y que existen mecanismos de bloqueo u ocultación de anuncios.

En cuanto al contenido del mensaje,en aquellos anuncios de juegos de azar o apuestas que se emitan en el horario permitido, no podrán aparecer personas o personajes, reales o ficticios,de relevancia o notoriedad pública. Tampoco se podrátrasladar la percepción falsa o equívoca de gratuidad o de falta de onerosidad de las promociones, ni inducir a confusión respecto a la naturaleza del juego. En ningún caso estará permitido incluirtestimonios de personas beneficiarias previas, reales o figurados, de la promoción; ni basarse en la habilidad del jugador.

Régimen sancionador


Los operadores de juego serán responsables del cumplimiento de las disposiciones en materia de comunicaciones comerciales previstas en el Título I del Real Decreto cuando esas comunicaciones se difundan, emplacen o realicen por su cuenta o encargo. Se aplicará el régimen sancionador de la Ley 13/2011, de regulación del juego.

Los incumplimientos serán del tipo grave y los operadores podrán ser sancionados con multa de entre 100.000yun millón de euros y con la suspensión de su actividad en España por un plazo máximo de seis meses.Alos prestadores de servicios de comunicación audiovisual se les aplica el régimen sancionador previsto en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual, cuya instrucción y sanción corresponde a la CNMC.


Entrada en vigor

La parte dispositiva establece que la norma entrará en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).A partir de ese momento, ya no podrán firmarse nuevos contratos contrarios a las medidas contempladas en el Real Decreto. Para los ya firmados y que estén en vigoren este momento, se establecen unos plazos que van hasta el verano de 2021, coincidiendo con el final de la temporada deportiva, aunque los convenios privados entre clubes y operadores se hayan firmado pormás tiempo.

Las medidas de prohibición de bonos promocionales o la regulación de la publicidad en Internet, aunque existan contratos más extensos, tendrán un periodo de adaptación menor y entrarán en vigor en su totalidad el 1 de mayo de 2021. En el casode campañas publicitarias con personas o personajes de relevancia que ya hayan sido contratadas, no se podrán seguir emitiendo a partir del1 de abril de 2021. El resto de contratos suscritos con anterioridad a la entrada en vigor, se podrán mantener hasta el 30 de agosto de 2021.

Este carácter transitorio tiene como objetivo garantizarlaadaptación técnica yeconómica de los sectores que se ven afectados por la aprobación de la nueva norma.

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    2 Comentarios


Navi

3 de noviembre 2020

#1
Todas las medidas que contribuyan a un juego responsable son bienvenidas. Aunque no nos engañemos, todavía queda mucho por hacer para que la balanza entre jugador y casa de apuestas se nivele. A ni juicio se puede mejorar: Los bonos difíciles de liberar con un rollover muy alto. No permitir apostar a los jugadores 150€ hasta que la cuenta haya sido verificada. Igual que los ingresos son inmediatos, las retiradas deberían ser igual de rápidas. No limitar a los jugadores que ganan. Espero no a ver aburrido ?????

Pablo

3 de noviembre 2020

#2
¿En qué lugar queda el típico blog que trabaja con marketing de afiliado y se comparan casas de apuestas, se emiten pronósticos,...?
  Déjanos tu opinión


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