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 ANESAR pide un esfuerzo fiscal a las administraciones

 

   Pepe Vall, presidente de ANESAR


La Asociación de Empresarios de Salones de Juego (ANESAR) reclama un esfuerzo fiscal a todas las administraciones. En este sentido, hacen hincapié en la necesidad de aprobar deducciones o bonificaciones o la implementación de otras fórmulas que permitan la supervivencia del sector.
INFOPLAY/ COMUNICADO |
ANESAR ha informado a través de un comunicado de prensa que la situación de los salones de juego es sumamente delicada, con un descenso de la actividad que ya supera el 60%.

En este sentido, al describir las causas de estas cifras alarmantes explican que a las comunidades autónomas que mantienen los locales cerrados, se suman aquellas con muchas restricciones en cuanto a aforo y horarios, lo cual tiene incidencia directa en la capacidad productiva de las empresas y por tanto en la capacidad económica que ha de ser tenida en su fiscalidad.

Cabe destacar entonces la aprobación de una enmienda al proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas mediante la cual, se modificará la actual Ley 15/2006, de 24 de octubre, de Juego de Cantabria, acordándose la suspensión temporal de autorizaciones de explotación e instalación de máquinas recreativas, durante el periodo en que los establecimientos donde aquellas estuvieron instaladas permanecieron cerrados en cumplimiento de normativas sanitarias frente al COVID-19.

Sobre esta medida, ANESAR ha expresado su satisfacción pues supone ratificación y tranquilidad para el sector, puesto que la misma, en el caso de Cantabria, ya estaba prevista en su normativa fiscal.

Asimismo, destaca que no todas las comunidades autónomas han realizado siquiera esta exención, medida que califican como simple justicia fiscal, pues la exención fiscal en el periodo en el que los establecimientos han permanecido cerrados no supone en absoluto ninguna ayuda.

Por ello, en la misma línea de justicia fiscal, ANESAR considera necesario un esfuerzo mayor, debiendo aprobarse deducciones o bonificaciones en las tasas correspondientes a aquellos meses del año 2020 y 2021 en que la actividad ha estado o vaya a estar limitada tanto en aforo, horario, etc., como ha realizado la Junta de Andalucía, o mediante el empleo de otras fórmulas como el incremento del número de bajas temporales de máquinas permitidas en tanto dure esta pandemia.

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