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EUROPER comienza a trabajar con Cuatrecasas para la reclamación de Indemnizaciones: Estos son los términos

 
Europer ha llegado a un acuerdo con Cuatrecasas para la RECLAMACION DE INDEMNIZACION POR LOS DAÑOS DERIVADOS DEL DECRETO DE ESTADO DE ALARMA. en los siguientes términos:
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-Entrega del escrito modelo de reclamación ante la Administración del Estado. El modelo será puesto a disposición de los socios de Europer de forma gratuita, así como cuanto información requieran para su cumplimentación y presentación.

-En el supuesto de que las reclamaciones sean desestimadas en vía administrativa, deberá iniciarse la vía judicial (recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional).


EUROPER informa:

 
 
El coste para cada empresa recurrente será de 2.000€, más IVA (no incluyen gastos de procurador, peritajes y otros gastos eventuales que pudieran derivarse del procedimiento, por lo que serán a cargo de la empresa).

Igualmente, debemos advertir que una desestimación del recurso pudiera derivar en la condena en costas, que deberían ser asumida por la empresa.

En el supuesto de que la sentencia reconociese el derecho a la indemnización, se facturaría una cantidad equivalente al 1,50% de la indemnización reconocida en el incidente de ejecución de sentencia.

También disponemos de una guía que nos ha remitido el despacho Cuatrecasas, en la que se indican los procedimientos de reclamación e instrucciones de los mismos.

Si están interesados en que le facilitemos el escrito inicial pónganse en contacto con nosotros y se lo enviaremos de forma gratuita.

Igualmente, restamos a su disposición para cualquier información que precise.



Y Europer recuerda:

 
Cabe diferenciar dos fases:

De reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Estado (durante la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, esto es de marzo a junio 2020)

A partir de octubre de 2020, a tenor del segundo estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, en el que la reclamación debería instarse ante la Administración de la Generalitat de Catalunya

Respecto a la primera fase: Reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Administración del Estado derivada de los daños y perjuicios causados por la imposición de medidas limitativas de actividades adoptadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, de declaración del estado de alarma.

En el procedimiento de reclamación, caben distinguir dos etapas: vía administrativa y vía judicial.
Las reclamaciones deben presentarse de forma individual por cada empresa.
Se recomienda iniciar la vía administrativa antes del 14/03/2021.

CONTACTO: https://europer.net/contacto/
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