País Vasco publicó el sábado pasado el DECRETO 30/2021, de 18 de junio, del Lehendakari, de segunda modificación del Decreto 23/2021, de 7 de mayo, sobre medidas de prevención para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Se recoge que el aforo en los interiores de establecimientos de juego y apuestas se mantendrá en el 50 por ciento. Si disponen de servicio de hostelería o restauración se atendrán a las condiciones previstas para este sector.
El horario límite de cierre que se encuentre establecido para todas las actividades comerciales, sociales y culturales se amplía hasta las 02:00 horas, sin perjuicio de su ajuste al horario que proceda, incluso más temprano, cuando exista una regulación ordinaria de horarios aplicable al respecto.
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