La Junta de Castilla y León ha decidido llevar a los tribunales al Ayuntamiento de Burgos por no suspender la modificación del PGOU que suponía establecer una categoría específica de Uso Terciario Recreativo.
En concreto, la modificación del PGOU, establece que en las zonas de uso característico residencial, no se reconozca como compatible el uso de las actividades de juego regulado, (salas de apuestas, casinos, etc) y que solo se permitan en la zonas de uso característico de actividades económicas.
La Consejería de Presidencia solicitó información al Ayuntamiento en marzo y en abril y emitió una orden de suspensión de la ejecutividad del PGOU basándose en la Ley de Mercado:
"la limitación de la oferta es una medida extrema de intervención pública sobre la actividad económica que tiene que ser muy razonada para resultar compatible con el artículo 38 (Libertad de empresa en el marco de economía de mercado) de la Constitución Española". Además se alude al Derecho Comunitario Europeo, que indica que hay límites a la discrecionalidad de los estados miembros para
determinar objetivos e instrumentos en su política en materia de juego, y por último, considera que el Ayuntamiento carece de competencias, que estas, pertenecen a la Junta.
Por ello, la Consejería de Presidencia ha interpuesto un recurso ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia.
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