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ENTREVISTA EXCLUSIVA con VICTOR PALACIOS, SECRETARIO TECNICO de la Asociación de Salones de Aragón

"Es evidente que esta Ley ha sido una imposición de un determinado grupo político de las Cortes de Aragón para rentabilizarla en un escenario preelectoral"

 
Con la vehemencia y lucidez que le caracteriza, Victor Palacios nos ofrece esta demoledora y elocuente entrevista acerca del "atropello" de la nueva ley en Aragón que discrimina sin justificación al juego privado haciendo oídos sordos al verdadero problema que es el juego de la ONCE y Loterías y Apuestas del Estado.

Para el Secretario Técnico, la ley tiene un marcado corte electoralista y partidista y arremete contra la prohibición de tarjetas de crédito por inconstitucional: "La prohibición de uso de tarjetas de crédito en los locales de juego se limita a “para intercambiar por efectivo”, y es cuando menos inconstitucional"
INFOPLAY/ COMUNICADO |

-¿Cuáles son las aristas más evidentes desde el punto de vista legal que trae consigo la aprobación de la nueva ley del juego en Aragón?

Podemos decir que hay tres muy claras:

- Falta de proporcionalidad entre las obligaciones para los operadores establecidas ex novo y la necesidad de inmediata aplicación de su establecimiento.

- Agravio comparativo de la legislación impuesta al juego público presencial (ONCE, SELAE y juego on line) respecto de los pormenores y obligaciones que se imponen al juego privado presencial.

- Defectos legislativos de la Ley que llegado el caso obligarán a los operadores a promover procedimientos administrativos y contenciosos, para defenderse del “atropello” de la Administración.


-¿Qué tiene que decir acerca de la Prohibición del uso de tarjetas en locales de juego?

La prohibición de uso de tarjetas de crédito en los locales de juego se limita a “para intercambiar por efectivo”, y es cuando menos inconstitucional, con independencia de vulnerar la normativa europea al respecto. La tarjeta de crédito para otros usos y la tarjeta de débito están perfectamente autorizadas. Y la antedicha prohibición está “castigada”, pero no impuesta, lo que vulnera un básico principio jurídico.


 

-¿Existe incidencia de juego problemático en Aragón? ¿Esta Ley está justificada? ¿A qué se debe esta ley a todas luces desproporcionada? ¿Resolverá el hipotético caso de juego problemático en la región?

El juego problemático en Aragón, al igual que en el resto de España, tal y como señalan los informes oficiales al efecto, viene hoy determinado por el juego público y por el juego on line, sin que el juego privado presencial tenga más que una ligera incidencia en los colectivos denominados vulnerables. El juego privado en Aragón no es problemático.

La Ley no está justificada. Desde su entrada en vigor, la Ley 2/2000 se ha ido desarrollando mediante el dictado de una serie de decretos, reglamentos y ordenes, pudiendo haber sido suficiente, al igual que ha sido en otras ocasiones, la modificación de determinados puntos de la normativa ya vigente.

Es evidente que esta Ley ha sido una imposición de un determinado grupo político de las Cortes de Aragón, que como tal ha tratado de rentabilizarla en un escenario preelectoral como el que tenemos.

Mientras no se acometa la limitación del juego público en toda España, el juego problemático no tiene solución. El problema son los “rascas”, la venta de lotería y los cupones a menores. El juego presencial privado en España no es problemático y está sujeto a una fortísima regulación, cosa que no pasa en el otro caso.

Los cambios contemplados en la nueva Ley no protegen a nadie, puesto que a pesar de lo que se pretendía con ella, el volumen de juego en la comunidad va a aumentar de manos de la SELAE y de la ONCE, que carecen de todo control por parte de la Administración, que centra sus ansias restrictivas sobre el juego presencial privado.


-¿Esta ley equipara y pone en plano de igualdad la actividad comercial, lícita, y la prevención y el derecho y a la salud pública?

La prevención y el tratamiento del trastorno del juego son cometidos necesariamente de la Administración Pública, nunca de la iniciativa privada. Cuando, como hoy es el caso, la Administración no cumple con sus obligaciones respecto del trastorno del juego, es materialmente imposible mitigarlo, sin que dicha Administración pueda achacar dicho trastorno a la esfera privada, cuando ella no cumple con su obligación.

Tampoco es tolerable que el tratamiento del trastorno del juego en Aragón lo derive el Gobierno de Aragón a asociaciones de prevención de la ludopatía, a las que ni dota de medios al efecto ni concede las mínimas subvenciones para su actuación, como sus responsables recuerdan periódicamente.

Desde antes de esta Ley, el Gobierno de Aragón tenía y tiene la obligación de fomentar y desarrollar un importantísimo compromiso de prevención y tratamiento del trastorno del juego, que hoy en día no realiza.



-¿Se les ha invitado a estar en la comisión técnica de próxima creación que tendrá coordinación interdepartamental?

No. Pero a nivel nacional es una comisión a la que debe de ser emplazada nuestra Asociación Nacional (ANESAR).


-¿Tienen una valoración de los daños que ocasionará esta Ley en el corto y medio plazo? También de lo perjudicial para las arcas autonómicas.

Respecto de los daños que va a ocasionar, la implantación de determinadas modificaciones, las exigencias de homologaciones indiscriminadas y la sustitución de material específico de juego suponen una inversión económica en cada salón de juego de al menos 200.000 euros.

Pero no es menos importante el gravísimo perjuicio para quien no pueda acometer dichas exigencias: el cierre de locales de juego y prescindir de trabajadores, circunstancia que en su día pusimos de manifiesto a la Administración, sin que al parecer le haya importado, como tampoco parece que lo haya hecho el más que previsible descenso de la recaudación en las arcas públicas.


-¿Se han llegado a debatir los efectos de esta Ley en la Comisión del Juego? Si no se ha hecho, ¿por qué lo cree?

A pesar de la obligación de convocarla al menos dos veces al año, esta es la hora en que la Administración no la ha convocado. Tanto la Comisión de Juego, como el Informe del Consejo Consultivo de Aragón respecto del texto de la presente Ley, se refieren al texto del Anteproyecto que en su día fue remitido a las Cortes, siendo que el texto definitivo publicado contiene importantísimas diferencias y modificaciones respecto al trasladado en su día. Si la Administración no ha convocado la Comisión de Juego debe ser porque incomprensiblemente entiende que no hay contenido para hacerlo, a pesar de que estamos hablando de la Ley más importante para el sector.


-¿Hay trato discriminatorio en relación con el juego público y semipúblico que es el que más problemas de conductas de juego está ocasionando según los informe del propio Ministerio de Sanidad?


Más que trato discriminatorio, existe un manifiesto agravio comparativo a la hora de imponer obligaciones y requisitos al desarrollo de cada actividad. Conocedora la Administración de que el juego presencial privado no es el problemático para los colectivos ciudadanos vulnerables, se justifica ante la opinión pública legislando nuevas exigencias a nuestro sector, aun sabiendo que en nada aminoran el importantísimo trastorno que está ocasionando el juego público.



-¿Qué tiene que decir acerca de la situación de estas máquinas que quedarán desde la aprobación de esta ley en situación administrativa de «a extinguir»?, ¿ve viable el cambio del parque conforme a la ley en un plazo de seis meses?


Respecto al obligado cambio en el plazo máximo de dos años de todas las máquinas recreativas para su sustitución por otras que dispongan de un sistema de monitorización incorporado, hay que dejar claro en primer lugar que vamos a ser la única Comunidad Autónoma con semejante exigencia. En segundo lugar, va a exigir importantísimas inversiones que quizá no todos los operadores podrán acometer, con las consecuencias que antes hemos detallado.

Esta situación irreflexivamente creada por la Administración acabará volviéndose en su contra ante la importantísima disminución de ingresos que tarde o temprano llegará.



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