InfoPlay
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya aprueba la rebaja del IAE durante la pandemia de COVID-19

 
EUROPER informa puntualmente de la importante cuestión sobre la recuperación del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al ejercicio 2020 que se ingresó durante la pandemia,
INFOPLAY/ COMUNICADO |
El TS se ha pronunciado, en dos recursos de casación, sobre la recuperación del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al ejercicio 2020 que se ingresó durante la pandemia, cuando muchas actividades quedaron paralizadas por imperativo legal.

El Supremo acepta que las empresas de hostelería cerradas por orden administrativa durante el estado de alarma puedan acceder a una rebaja del IAE durante el tiempo en el que no tuvieron actividad.

Igualmente, establece que no es necesario probar la paralización o cierre de la empresa, ni haberlo puesto en conocimiento de la administración, ya que fue una medida forzosa impuesta directamente por ley

Las sentencias no satisfacen del todo la cuestión planteada, ya que hubiese sido deseable que el TS se hubiera pronunciado sobre la vulneración del principio de capacidad económica y la inexistencia del hecho imponible en los periodos impugnados. Si bien, ha dado la razón al contribuyente, permitiendo prorratear la cuota del IAE como consecuencia de la paralización de la actividad, lo justifica en aplicación de la regla contenida en el apartado 4 de la Regla 14 de las Tarifas del impuesto (Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre), que supone rebajar la parte proporcional de la cuota, según el tiempo en que la empresa o actividad hubiera dejado de funcionar.

Evidentemente los contribuyentes que presentaron sus reclamaciones contra la matrícula del ejercicio 2020 y mantienen vivo el recurso, tiene más posibilidades de prosperar. Pero, para aquellas empresas que no hayan iniciado el procedimiento, es aconsejable solicitar la devolución del IAE a la vista de las sentencias referenciadas

A fecha de hoy quedan cuestiones por resolver por el TS, que deberá pronunciarse sobre las situaciones en las que no existe un cierre total de actividad sino una limitación de esta por imperativo legal. En este sentido el Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación, mediante Auto de 19 de abril de 2023, en el que se pronunciará sobre estos aspectos con relación a la Tasa de Juego.

Les mantendremos informados a medida que se vayan pronunciando los Tribunales
, afirma EUROPER
18+ | Juegoseguro.es – Jugarbien.es
PUBLICIDAD
   
Información de cookies y web beacons
Esta página web utiliza cookies propias y de terceros, estadísticas y de marketing, con la finalidad de mejorar nuestros servicios y mostrarle información relacionada con sus preferencias, a través del análisis de sus hábitos de navegación. Del mismo modo, este sitio alberga web beacons, que tienen una finalidad similar a la de las cookies. Tanto las cookies como los beacons no se descargarán sin que lo haya aceptado previamente pulsando el botón de aceptación.
Cerrar Banner