La Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno de La Rioja ha publicado en el Boletín Oficial de La Rioja la Resolución 3/2024, de 18 de junio, de la Dirección General de Tributos, que aprueba el Registro de Autorizaciones de Explotación de Máquinas de Juego y su correspondiente tasacorrespondiente al tercer trimestre de 2024.
La resolución, firmada por el Director General de Tributos, Jesús Ángel Garrido Martínez, establece que la gestión tributaria de la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar debe realizarse a partir de un registro que comprenda todas las autorizaciones de explotación vigentes en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Se establece un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, para que los interesados puedan examinar el registro y formular las alegaciones oportunas en las dependencias de la Dirección General de Tributos en la calle Portales, 46, de Logroño.
La presentación de la liquidación y el pago del tributo correspondiente al tercer trimestre de 2024 se realizarán de forma telemática entre los días 1 al 21 de julio de 2024, mediante el modelo normalizado 094.
Se concede un plazo improrrogable de un mes para que los contribuyentes puedan interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Tributos, contado a partir del día siguiente al de finalización del período de exposición pública de la resolución. También se podrá interponer reclamación económico-administrativa en el mismo plazo ante el Tribunal Económico-Administrativo de La Rioja, sin que puedan simultanearse ambos recursos.
El Registro de Autorizaciones de Explotación de Máquinas de Juego se actualizará con las variaciones que se produzcan en la situación administrativa de las autorizaciones de explotación, aunque su efectividad se materializará en el siguiente período impositivo trimestral.
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