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Aragón redibuja el mapa del juego: El "macro-decreto" impone un tope de 5.600 máquinas en hostelería y blinda los colegios con 500 metros

 
Aragón: Nuevo Reglamento limita máquinas en bares y blinda colegios
El Gobierno de Aragón hace pública la "letra pequeña" del futuro Reglamento General del Juego que unifica toda la normativa. El texto confirma las advertencias de AESJ sobre la magnitud de la reforma: adiós al "modo atracción" en los bares, distancias más estrictas y un control de acceso universal conectado al REJUP.

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El Departamento de Interior ha puesto sobre la mesa el Borrador del Reglamento General del Juego (V3), un texto masivo que refunde decretos dispersos pero que, sobre todo, introduce "tijera" en la oferta y endurece las condiciones operativas para todos los subsectores.

Tras el análisis del documento, desgranamos los puntos críticos que marcarán el futuro del sector en Aragón si el texto supera la fase de alegaciones sin cambios.

1. El "Cerrojazo" a la Hostelería: Tope de 5.600 máquinas


La Administración no otorgará más de 5.600 autorizaciones de explotación de máquinas tipo B.1 en bares y restaurantes.

Límite por local: Se fija un máximo de 2 puestos de juego (máquinas B.1) por establecimiento. Excepcionalmente podrán ser 3, pero solo si la tercera es una máquina de tipo A (recreativa sin premio) y existe acuerdo con una empresa gestora.

 El Anexo III expone que mientras no estén en uso, las máquinas en hostelería "no podrán emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos". Se acabó el modo atracción ("attract mode"). Además, antes de jugar, el terminal deberá formular preguntas al usuario sobre su edad.

Plazo de adaptación: Los bares que actualmente tengan autorizadas más máquinas de las permitidas tendrán 12 meses (Disposición Transitoria Segunda) para retirar las sobrantes.

2. Distancias: El "Muro" de los 500 metros

La planificación urbana se endurece considerablemente en el Artículo 79:

Zona de Protección: No se concederán nuevas autorizaciones de locales de juego a menos de 500 metros a pie de centros educativos (primaria, secundaria, FP básica, artísticas) y centros de juventud acreditados.

Distancia entre locales: Para evitar la concentración, se imponen distancias radiales entre negocios:

Salones de Juego: No se especifica distancia entre ellos en el resumen de planificación, pero sí requisitos de superficie (mínimo 150 m² útiles).

Locales de Apuestas: Deberán guardar 300 metros de distancia con otro local de apuestas y 100 metros respecto a cualquier otro local de juego (salones, bingos, etc.).

Bingos: Se prohíbe abrir una nueva sala a menos de 1.000 metros de otra existente.

3. Control de Acceso: 

El reglamento generaliza el control de acceso estricto (Artículo 32). Todos los locales (Salones, Bingos, Casinos y Locales de Apuestas) deberán tener un servicio de admisión situado "de forma que sea imposible acceder a los elementos de juego sin pasar por él".

Sistema REJUP: Será obligatorio verificar a cada visitante (con DNI/NIE) contra el Registro de Prohibidos de Aragón (REJUP) y el estatal (RGIAJ).

Registro de Visitantes: Se anotará nombre, documento y hora de acceso. Los datos se guardarán 12 meses.

Prohibición de crédito: Se prohíbe explícitamente prestar dinero a los jugadores o conceder bonificaciones canjeables por dinero.

4. Bingos y Casinos: 

Bingos: Se limita la oferta en las capitales (Zaragoza máximo 15 salas, Huesca 2, Teruel 1). El premio de la "Prima" se calculará en función de la recaudación del mes anterior y la sala deberá comunicarlo a la Administración el día 1 de cada mes.

Casinos: Se permite un casino permanente por provincia y hasta 6 casinos "temporales" en zonas turísticas (máximo 3 por provincia).


5. Publicidad y Patrocinio: 


El Capítulo VII impone un código ético severo. Se prohíbe cualquier publicidad que:

Sugiera que el juego es una solución a problemas financieros.

Se asocie al éxito personal, social o sexual.

Patrocinios deportivos: Prohibido poner el nombre de la empresa de juego a instalaciones deportivas, equipos o competiciones de menores. Queda vetada la publicidad en camisetas de equipos de menores de edad.

Horario en medios: En radio y TV, solo de 01:00 a 05:00 de la madrugada.



Ahora, con el texto ya público, se abre un plazo de dos meses para que el sector intente matizar un reglamento que promete cambiar las reglas del juego en Aragón para la próxima década.
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