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¿Empieza a primar la Ley de Garantía de Unidad de Mercado TAMBIÉN en el Reglamento de Máquinas de Murcia?

 
Murcia ha aprobado un decreto que modifica el actual reglamento de máquinas recreativas y de azar: se adaptan las características técnicas de las máquinas recreativas, como los precios de las partidas, premios máximos, su duración o devolución, con el fin de aplicar los principios establecidos por la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, según indica en un comunicado el propio Gobierno de Murcia. ¿Estamos entonces en un cambio de prioridades a la hora de regular? ¿Prevalecerá la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado? La Comunidad de Madrid ya lo ha hecho homologando la Máquina 3/3000 de ciclo estadístico para salones de otra Comunidad Autónoma... Se trata de un paso vital
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Entre otras cosas, además, el Decreto modifica el procedimiento de autorización de apertura y funcionamiento de los salones de juego, estableciendo una regulación más completa del mismo, lo que supone una mejora de la seguridad jurídica de los operadores, ya que se fijan claramente los trámites que deben seguirse en cada fase del procedimiento.

También se regula el régimen transitorio aplicable a las máquinas que están actualmente instaladas y a las solicitudes de funcionamiento de salones en tramitación, así como su entrada en vigor, que se fija en los veinte días desde su publicación.
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