ANESAR ha analizado los porcentajes de devolución en premios, establecidos legalmente por las normas de los distintos juegos, y los resultados que han obtenido nos los ofrecen a contiuación:
En los muchos juegos que explota la ONCE, la normativa de esta organización nos arroja estos datos:
Cupón: 55% como máximo del valor facial de los cupones emitidos.
Juegos activos:
o 7/39: 55% de la recaudación
o SuperOnce: 54% de la recaudación
o Eurojackpot: 50% de la recaudación
Los rascas, con un sinfín de variantes, rondan entre el 55% y el 70% en sus modalidades más caras (10€)
Por otra parte, tanto la lotería nacional como la Lotería de Navidad destinan un 70% del importe total de los billetes de los que consta el sorteo.
En lo que se refiere al juego privado y más concretamente a las máquinas, ya sabemos que estos porcentajes legales rondan entre el 70% y el 80% en las máquinas especiales para salón y videobingos: 80%. Lógicamente estos porcentajes se configuran legalmente como porcentajes mínimos, pudiendo el operador incrementarlos en favor del cliente, configuración que resulta muy habitual en los establecimientos de juego.
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