Precedentes
El profesor Miguel Mazón Hernández del Departamento de Economía Aplicada de la Universidad de Valencia nos ha regalado un informe sobre el juego online titulado El JUEGO ONLINE EN ESPAÑA EN 2021 que ha sido publicado recientemente. Merece nuestra atención por incluir imprecisiones y un fuerte sesgo contrario a la libertad de jugar y a la libertad de empresa.
El profesor Mazón es un conocido especialista en la materia que ha demostrado sobradamente su capacidad investigadora. Finalizó su tesina sobre el juego dirigida por el profesor Agustín González en 2004 y fue leída al año siguiente con el título Análisis económico, jurídico y fiscal del juego, posteriormente publicada en 2007 por Tirant editorial.
En sus tesis encontramos la definición de juego como “modificación patrimonial” (página 1), lo cual nos resulta muy original y economicista, pero para ser honestos, qué no cabría dentro de ella. Por ejemplo, los mercados financieros, especialmente fondos de inversión reputados que apuestan a la contra de empresas, divisas e incluso países. Sin embargo, esta impostura financiera no merece ni una “garzonada” desde los detractores de la libertad de jugar.
En la página dos afirma que “el filósofo francés Gilíes Deleuze … define al juego como una experiencia humana radicalmente excepcional, improductiva y alejada del mundo habitual”. De todos es sabido que los economistas, en general, no tienen demasiado aprecio por la filosofía, por lo que tampoco podemos tomarnos unas afirmaciones en la introducción como algo demasiado importante, pero nos sirven para comprobar un evidente sesgo de confirmación. Deleuze no afirmó nada parecido y en su filosofía no hay nada que vaya en esa dirección, bien al contrario, si alguien lee detenidamente esa obra maestra de Lógica del sentido, uno puede comprobar más bien todo lo contrario, hay una la propuesta del juego ideal.
Pero vayamos al grano, en el Capítulo 6 habla del juego en Internet, aunque recordemos que estamos aún muchos años antes de que viera la luz la regulación española. Mazón propone seis medidas para una posible regulación española que, al final, casualmente, se han hecho realidad.
“1.-Debe existir una regulación específica por cada juego
2.-Establecimiento de un registro de jugadores prohibidos
3.-Los fondos destinados a este fin, deberán estar situados en
una cuenta específica.
4.-Se han de establecer un límite para las cantidades que
puedan jugarse.
5.- Se ha de establecer controles para garantizar la
transparencia de la actividad del juego.
6.- La publicidad de los juegos debe tener un carácter
restrictivo y nunca incentivador de la actividad del juego.”
En la última y octava conclusión encontramos la doctrina que sustenta a los opositores de la libertad de jugar:
“Finalmente, en lo que afecta a la redistribución de la renta, se puede calificar el efecto del juego como profundamente regresivo en la medida que los grupos de renta más baja quedan claramente desfavorecidos en el retomo de los beneficios del juego” (p307).
Por mucho que se utilicen las estadísticas, no hay nada matemático en que por tener menos recursos uno tiene menos beneficios del juego. A nivel individual, el azar trata a todos por igual y el que más gasta más pierde. En los juegos en que existe una cierta capacidad de obtener ventaja, la pura gestión del dinero, se apueste mucho o poco, es la única que puede minimizar las pérdidas o maximizar las ganancias, aunque solo en ciertos periodos de tiempo. A nivel social, todas las medidas de juego responsable protegen siempre a los más desfavorecidos. Y los impuestos del juego nos benefician a todos, porqué Hacienda somos todos.
El profesor Mazón además ha publicado innumerables artículos como experto en la materia. Algunos destacados: España un gran casino (Revista española de drogodependencias, N.º. 2, 2014, págs. 5-8); Factores económicos implicados en el juego y la adicción al juego con Mariano Chóliz, profesor titular del Departamento de Psicología Básica de la Universitat de València especialista en adicción al juego, (Revista española de drogodependencias, N.º. 3, 2012, págs. 287-300); La importancia de la legislación en la prevención con Mariano Chóliz (Revista española de drogodependencias, N.º. 1, 2012, págs. 121-122); La nueva Ley del Juego con Mariano Chóliz (Revista española de drogodependencias, N.º. 2, 2011, págs. 133-136) y Nuevos juegos para el móvil e internet (Revista española de drogodependencias, N.º. 2, 2008, págs. 122-124). En cualquier caso, son fuentes que desde 2015 no han sido citadas por ningún otro artículo científico.
Hace años se afirmaba que “a mi juicio, esta DGOJ es desconocedora de muchas cuestiones relevantes, especialmente las que tienen que ver con los problemas de adicción que provoca el juego, al tiempo que está sometida a presiones” (2014, p6).
El juego responsable ha sido uno de los pilares de la gestión de la DGOJ como se ha visto después de 2014 y además ha sido sin presiones, con un diálogo constructivo entre todos los actores del sector.
“El desarrollo reglamentario que ha realizado de la Ley del Juego no sigue los principios que inspiraron la ley, especialmente en materia de prevención de la adicción al juego, creando y fomentando todo tipo de juegos online y, lo que es más grave, vulnerando lo previsto sobre Publicidad y Juego Responsable. En concreto, la publicidad se ha regulado en base a un Acuerdo entre la DGOJ y la Asociación para la Autorregulación de la comunicación comercial en materia de publicidad, patrocinio y promoción de actividades de juego. Para comprobar su aplicación sólo hay que ver cualquier retransmisión de los innumerables partidos de fútbol que ofrecen los canales de televisión, en donde se incita a participar en este tipo de apuestas, por no hablar de los concursos de póquer…” (2014, p6).
Aquí tenemos una muestra de parte del argumentario de lo que ha venido siendo el decreto de restricción de publicidad.
La solución está en regular esta materia en los principios señalados al comenzar este artículo y en concreto en lo que se entiende por Juego Responsable ya que, para salir de la crisis hay que realizar una verdadera apuesta por un cambio de modelo productivo que prime la economía real, la innovación, la investigación y la competitividad de nuestras empresas acompañada de una reforma fiscal para mantener el modelo del estado de bienestar. Es decir, todo lo contrario, a la promoción y creación de juegos tan adictivos como los online. (2014, p8).
Todos sabemos que el porcentaje de juego problemático en online es minúsculo y mucho más pequeño que en el presencial, por lo que los juegos sean más adictivos, sabemos que no es verdad. Además, en muchos casos son los mismos.
Por último, y dadas las características de los juegos por Internet, a los que tienen acceso todas las personas, sin restricciones de edad, horario, cuantía o lugar, es urgente promulgar una legislación que regule dicha materia en sus justos términos, a fin de evitar los efectos perniciosos de esta actividad económica. (2008 p123).
Ni siquiera en el punto com de 2008 se puede decir que esa anarquía total fuera cierta. No se dejaba jugar a ni a menores, ni a jugadores de países prohibidos, incluso en jurisdicciones como Malta había restricciones de tiempo de juego. Los jugadores como muy tarde o en el momento de depositar o en el de retirar de fondos, venían siendo identificados y se les pedían pruebas fiscales.
Sirvan estos comentarios iniciales como explicación del origen del argumentario contra la libertad de jugar online que se encuentra en el informe.
El informe
El profesor Mazón ha realizado un escueto informe de alcance de nueve páginas que viene una a serie de comentarios al INFORME ANUAL DE MERCADO DE JUEGO ONLINE ESTATAL DE 2021 de la DGOJ
(ver
https://www.ordenacionjuego.es/es/noticia-mercado-juego-online-estatal-2021).
Algunas afirmaciones requieren ser matizadas.
1. “el juego online no solo no le afectó la crisis por el covid-19, en los años 2019-20-21, sino que su incremento ha sido espectacular”
Esta es una falsedad se mire como se mire. Durante el confinamiento total y parcial a nivel internacional y algunos meses después incluso, los eventos deportivos se anularon en su totalidad. El mismo 3ER INFORME TRIMESTRAL DE 2020 de la DGOJ se puede ver como entre el primer y segundo trimestre, el GGR de las apuestas deportivas mutuas cayó un 87,97% y en las apuestas de contrapartida convencionales un 48,59%. Pero eso es una media. Muchos operadores tuvieron bajadas del 70% sin saber que pasaría en los meses sucesivos y mientras el juego presencial entraba en ERTE, el juego online en España mantuvo las plantillas activas trabajando con Zoom. Se buscaron modalidades alternativas para apostar como esports o simuladores de eventos basados en inteligencia artificial y se ofrecieron los pocos eventos disponibles, aunque fueran campeonatos de ping pong en la conchinchina. Pero, aunque los ingresos al final del año se recuperaran, esto no quiere decir que las empresas pudieran compensar sus pérdidas, pues los costes y los impuestos no bajaron y las fuentes de financiación se estancaron. Sin duda, el vertical del casino compensó bastante el desastre, así como muchos jugadores presenciales que se adaptaron a la nueva anormalidad.
2. “(las slots) no tienen limitación de premios - Su inmediatez en todas las horas del día”
Esto no solo es falso, sino que demuestra que nunca se ha registrado y jugado en una página autorizada. El producto más regulado es precisamente las slots. El jugador debe limitar el juego antes de jugar. No solo hay limitación de premios sino de presupuesto y de tiempo de juego.
3. Hay que destacar los 195 millones € dedicados a bonos liberados, que se han incrementado en los últimos años tal como se señala en los siguientes cuadros. Se trata de una estrategia de las empresas para captar clientes y sirven además para disminuir el GGR y pagar menos impuestos, vulnerando lo previsto en la Ley 13/2011 de 27 de mayo de Regulación del Juego como he señalado anteriormente.
Los bonos son un quebradero de cabeza necesario para los operadores. Con cada vez más recortes en publicidad, mantener fieles a los jugadores a base de incentivos monetarios, es un mal necesario que soporta el sector. Hay un abuso de bonos por parte de algunos jugadores que determina importantes pérdidas para los operadores y si uno da demasiados bonos sus ingresos disminuyen erosionando la rentabilidad. En cualquier caso, lo que no tiene sentido es decir que esto se hace para pagar menos impuestos. Todo lo contrario, como se juega más se acaban pagando más impuestos. El juego ilegal es el que no paga impuestos.
4. “Tanto la Administración como las empresas de juego online no dicen nada sobre los puestos de trabajo que generan esta actividad económica de los juegos online, intentando enmascararlos con los puestos directos e indirectos que genera el juego presencial. La razón es muy sencilla, apenas generan empleos y la cifra es tan ridícula que se niegan a informar, pese a su volumen de juego y no pagar impuestos”.
Como empresas privadas no tienen obligación de decir nada al respecto, pero no veo que a nivel asociativo haya ningún problema para cada vez ser más transparentes. Simplemente es un sector relativamente nuevo, pero la administración sabe muy bien las cifras. Las empresas multinacionales obviamente tienen plantillas distribuidas por el mundo, pero también tienen equipos en España y todos los operadores nacionales suelen tener la totalidad de sus plantillas en el territorio nacional. En todo caso, es importante resaltar que la plantilla es uno de los costes más importantes dado que el margen de las empresas de juego online es minúsculo respecto al GGR y, por tanto, no se pueden sobredimensionar.
5. “El motivo de esta paradoja es su baja fiscalidad, tal como está regulada, dejándola prácticamente en manos de las empresas de juego online al contrario que el Juego Presencial que es más elevada. Es necesario por tanto una modificación de su fiscalidad y en concreto cambiar su Base Imponible sobre un porcentaje sobre las Cantidades Jugadas. Con las cifras actuales podríamos alcanzar una recaudación superior a los MIL QUINIENTOS MILLONES DE EUROS (1.500Mill)”
Para afirmar que la fiscalidad es baja hay que decir respecto a qué o de lo contrario estamos en el terreno de la opinática. ¿Respecto al juego presencial? Son negocios distintos y no se pueden comparar sin hacer muchas salvedades. Ahora bien, desde el punto de vista de los ingresos netos de los operadores, los impuestos son altos, aunque nadie los discute. Por eso Ceuta y Melilla han acabado siendo una solución adecuada para tener una fiscalidad acorde con el reducido margen operativo. Al menos, mientras sigan siendo territorio nacional.
El tema de gravar las cantidades jugadas es un mal negocio para todos. Para el jugador, si al final hay que repercutir parte del impuesto lo que desincentiva el jugar; para el operador, cual rentabilidad queda seriamente comprometida; y para el regulador que recauda menos. Es cierto que algunas jurisdicciones lo han hecho y no hay nada más que ver las dificultades que tienen. Las cantidades jugadas es una masa monetaria contable sobre la que el operador no tiene ningún control. El GGR es el primer ingreso bruto de juego, pero no de la empresa operadora. Del GGR hay que deducir las tasas e impuestos y bonos que nos dan un primero neto que llamamos NGR. Al NGR tenemos que descontar costes operativos como son los porcentajes de los proveedores de juego y el coste de venta, que sería el gasto de marketing de captación. A partir de ahí, podemos deducir los costes normales de una empresa digital. Los costes asociados a la cadena de valor digital como los costes de comunicaciones, pasarelas de pago, marketing de rendimiento, etc. no existen en el negocio presencial. El ingreso neto real para la empresa sobre el GGR puede ser del 50% y el EBITDA puede estar en menos del 10% del GGR. Es un negocio de márgenes pequeños que sin el volumen que la publicidad debe permitir alcanzar, cualquier suspiro arruina la rentabilidad.
Nota al margen. Me ha hecho sonreír ese “podríamos alcanzar 1.500 M EUR”. Me da la impresión de que no jugamos en el mismo equipo. Pero compartiré un secreto: a más publicidad, más recaudación de impuestos.
6. ” Desde hace unos años por parte de determinadas empresas de juego y sobre todo las de online, se empeñan en decir que las cantidades jugadas es un dato irrelevante y lo intentan minimizar hablando de Handel, drop, circulante, rejuego etc. para evitar dar la cifra de cantidades jugadas. Esta cifra es muy importante debido a que son cantidades impresionantes y que no han parado de crecer, donde juega toda la población sobre todo nuestros jóvenes. Esta es una actividad económica improductiva, que como se ha señalado apenas aporta ingresos públicos, no genera empleo y la devolución de sus premios en cuanto a inmediatez y porcentaje, junto con la publicidad, los hace muy adictivos y que su práctica puede llevar a consecuencias no deseadas Para ello sería necesario modificar la Ley 13/2011 de 27 de mayo de regulación del juego y su desarrollo reglamentario de los distintos juegos, para regular los premios que conceden y elevar su fiscalidad por encima del Juego Presencial”
La conclusión no tiene desperdicio. Solo comentaré dos cosas. Las falsedades me parece que son muy evidentes y carecen de pruebas previas. (1) Ya existe un desarrollo reglamentario para cada tipo de juego, aunque no subvaloro la imaginación del profesor Mazón a la hora de sugerir ulteriores restricciones que limiten la innovación en la industria; (2) El juego es una actividad productiva porqué genera ingresos privados y públicos. Como buen economista debería saberlo. En cambio, los profesores funcionarios de la universidad pública son por definición improductivos porque no generan ingresos.
Por poner un ejemplo cualquiera. La Universidad de Valencia -simplificando las cifras- recibe en el ejercicio de 2021, 401 millones de euros en subvenciones y transferencias e ingresa 70 millones en ventas netas y prestaciones de servicios. En total 581 millones de ingresos. Los gastos ascienden a 506 millones de euros, de los cuales la partida más grande, 309 millones, es la de personal. Sin contar años pasados se puede decir que se pierden realmente -436 millones en el ejercicio. En conclusión, si fuera una universidad privada, sin las subvenciones, aportadas indirectamente por las personas y las empresas productivas incluyendo las del juego, no sería viable. Y es que no es fácil ser empresario, especialmente en España.
Epílogo
Sabemos de la capacidad investigadora del profesor Mazón, pero su sesgo cultural contrario a la libertad de jugar online, permea las conclusiones en todos sus estudios y eso le quita crédito. Sería bueno conocer mejor la operativa tanto de la DGOJ como de los operadores o incluso de la mentalidad de los diversos perfiles de jugadores sanos, que son más del 95% de los existentes. Le invitamos a conocer de primera mano cómo funcionan las empresas por dentro y qué piensan sus clientes.
Y para acabar, una frase para la reflexión del presunto anti-juego de Deleuze:
“Ya sea el hombre que apuesta de Pascal, o el Dios que juega al ajedrez de Leibniz, el juego sólo es tomado explícitamente como modelo en la medida en que él mismo tiene modelos implícitos que no son juegos: modelo moral del Bien o de lo Mejor, modelo económico de las causas y de los efectos, de los medios y de los fines”. (Deleuze G., Lógica del sentido, p48).
Quizás lo que no le gustaba al bueno de Deleuze es precisamente el juego al que juegan los que no quieren que se juegue.