InfoPlay
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Murcia aprueba un nuevo régimen sancionador para establecimientos públicos, espectáculos y actividades recreativas

 
Un Decreto-Ley aprobado de manera urgente por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de la Región de Murcia.
INFOPLAY |
 Este nuevo régimen sancionador viene a aumentar el control sobre los establecimientos, espectáculos y actividades que se realicen sin título habilitante o que sobrepasen los límites permitidos en sus respectivas licencias.

A partir de ahora, el incumplimiento en el horario de cierre de establecimientos públicos dedicados al juego o locales de apuestas incurrirá en una infracción grave, mientras que cualquier otro reciento, seguirá sufriendo únicamente una sanción leve por el mismo motivo.

El texto legal que entrará en vigor próximamente está compuesto por 16 artículos divididos en cinco títulos, además de una disposición derogatoria y una disposición final.

De esta forma, se consideran infracciones muy graves, entre otras, la celebración de espectáculos públicos sin título habilitante, incumpliendo sus términos, excediendo los límites de los mismos o quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad correspondiente, cuando se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas.

También son consideradas infracciones muy graves dedicar los establecimientos, recintos o instalaciones a actividades distintas de aquellas para las que estuviesen destinados, llevar a cabo un espectáculo o actividad recreativa distinta de la habilitada, e incurrir en inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de los datos o documentos que deben acompañar a la correspondiente declaración responsable o solicitud de autorización administrativa previa.

En la misma categoría se sitúa la carencia o falta de vigencia del contrato de seguro de responsabilidad civil y los comportamientos que puedan producir alteraciones del orden o crear situaciones de peligro para el público asistente, participantes, personas organizadoras y trabajadoras, artistas, terceros afectados y bienes, así como su permisividad, sin perjuicio de su responsabilidad penal.

Se considera asimismo infracción muy grave la comisión de una infracción grave cuando el infractor hubiere sido sancionado por resolución firme en vía administrativa, en el plazo de un año, por dos o más infracciones graves de la misma naturaleza.

Las multas económicas que acarrearán estas infracciones están divididas en tres categorías. La falta leve con llevará una sanción de 300 a 1.500 euros, la grave, de 1.501 hasta 30.000 euros y por último, la muy grave, dispondrá penas de 30.001 hasta 300.000 euros.

Además, si los establecimientos incurren en repetidas ocasiones en estas infracciones, podrían incluso perder temporalmente las licencias o autorizaciones por un plazo que dependerá de la naturaleza de la falta.

18+ | Juegoseguro.es – Jugarbien.es
PUBLICIDAD
   
Información de cookies y web beacons
Esta página web utiliza cookies propias y de terceros, estadísticas y de marketing, con la finalidad de mejorar nuestros servicios y mostrarle información relacionada con sus preferencias, a través del análisis de sus hábitos de navegación. Del mismo modo, este sitio alberga web beacons, que tienen una finalidad similar a la de las cookies. Tanto las cookies como los beacons no se descargarán sin que lo haya aceptado previamente pulsando el botón de aceptación.
Cerrar Banner