El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado la orden anual que regula los horarios de apertura y cierre para espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en 2025.
La normativa establece horarios diferenciados según la actividad:
Salas recreativas: Apertura a las 08:00 y cierre a la 01:00.
Parques temáticos, pistas de patinaje y escape rooms: Horario de 09:00 a 01:00.
Bolos y billares: De 10:00 a 01:00.
Gimnasios: Desde las 06:00, si están insonorizados.
Horarios para Salas de Bingo, Casinos y Salones de Juego
La Orden 2/2024 de la Conselleria de Emergencias e Interior regula específicamente los horarios de salas de bingo, casinos, salones de juego y locales de apuestas:
Salones de juego: Horario de 10:00 a 03:00 horas. Los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, así como en julio, agosto y septiembre, el horario se amplía hasta las 04:00 horas.
Otros establecimientos específicos: El horario de apertura y cierre dependerá de la normativa sectorial aplicable.
Establecimientos Anexos a Instalaciones Principales
Los establecimientos ubicados en carreteras, puertos, aeropuertos y estaciones podrán mantener el mismo horario que las instalaciones principales donde se encuentran. Sin embargo, aquellos situados en centros comerciales o grandes superficies estarán sujetos al horario general de esta orden.
Horarios para Hostelería y Ocio Nocturno
Discotecas y salas de fiestas: Desde las 17:00 hasta las 07:30.
Pubs y karaokes: Apertura a las 12:00 y cierre a las 03:30.
Restaurantes, bares y cafeterías: De 06:00 a 01:30, con algunas excepciones hasta las 03:00.
La normativa permite extensiones de horarios en fechas señaladas como Nochevieja, Año Nuevo y vísperas festivas. También se contempla la posibilidad de ampliaciones hasta las 06:00 en eventos de interés cultural o turístico, siempre que se justifique.
VER:
https://dogv.gva.es/datos/2024/12/27/pdf/2024_13907_es.pdf
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