El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Maciej Szpunar, ha publicado sus conclusiones en el asunto C-421/24, donde se analiza si Google puede ser sancionada por la presencia de publicidad de juegos de azar en YouTube pese a su papel como proveedor de servicios de alojamiento de contenidos.
El caso enfrenta a AGCOM, la autoridad italiana de comunicaciones, con Google Ireland, tras una multa de 750.000 euros por la difusión en YouTube de más de 600 vídeos promocionando webs de juego con dinero real, en contra de la prohibición total de publicidad de juego establecida por la legislación italiana.
El contenido de la Opinión: el hosting sí está cubierto por la Directiva de Comercio Electrónico
El Abogado General determina que la actividad de Google como plataforma de alojamiento sí está dentro del ámbito de la Directiva 2000/31/CE, incluso si los vídeos contienen publicidad de juegos de azar. La exclusión del artículo 1(5)(d) relativa a “actividades de juego” no alcanza al simple almacenamiento de vídeos realizados por terceros.
Esto significa que Google puede acogerse al régimen de exención de responsabilidad previsto para los prestadores de servicios de alojamiento digital, siempre que no tenga conocimiento efectivo de la ilegalidad del contenido o que lo retire con rapidez una vez detectado.
La clave: ¿Google tiene control sobre el contenido de sus creadores asociados?
El tribunal italiano preguntó además si Google pierde esta exención por tener acuerdos comerciales con ciertos creadores (como los participantes del YouTube Partner Program).
Según el Abogado General, la exención se mantiene siempre que Google no influya, edite o controle el contenido de esos vídeos. El hecho de compartir ingresos o revisar canales para comprobar el cumplimiento de normas no elimina por sí solo el carácter de proveedor neutral de alojamiento.
Sin embargo, la responsabilidad podría activarse si Google, a través de revisiones internas, adquirió conocimiento concreto de la existencia de vídeos ilegales y no los retiró con rapidez.
Impacto para el sector del juego y las plataformas digitales
Aunque no es vinculante, la Opinión marca una orientación relevante:
- Los Estados pueden prohibir la publicidad del juego,
- Pero no pueden responsabilizar automáticamente a los hosting providers si los anuncios son creados por terceros,
- A menos que exista conocimiento efectivo o intervención editorial.
El pronunciamiento final del Tribunal de Justicia se espera en los próximos meses y será clave para definir la responsabilidad de las plataformas digitales respecto al contenido que promociona o menciona actividades de juego en la UE.
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