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Estados Unidos propone nuevas normas sobre qué está permitido en los mercados predictivos

 
Estados Unidos propone estrictas normas para los mercados predictivos
El regulador federal ve mejor encaje para contratos sobre resultados y estadísticas agregadas, pero señala como problemáticos los vinculados a lesiones, árbitros, jugadas aisladas y deporte juvenil.
INFOPLAY/ COMUNICADO |
 La Commodity Futures Trading Commission (CFTC) ha presentado una amplia propuesta normativa para definir qué contratos de eventos pueden negociarse en los mercados predictivos de Estados Unidos y cuáles podrían prohibirse por resultar contrarios al interés público.

La CFTC es el organismo federal encargado de supervisar los mercados estadounidenses de futuros, opciones y derivados. El texto publicado el 10 de junio propone modificar la Regla 40.11 y añadir un nuevo Apéndice F a la Parte 40 de su normativa.

No se trata todavía de una regulación definitiva. La propuesta deberá someterse a consulta pública durante los 45 días posteriores a su publicación en el Federal Register.

Una nueva definición de juego

La Comisión propone definir como «gaming» cualquier actividad que los participantes desarrollen normalmente con fines recreativos o para entretener a otras personas, que esté sometida a reglas y que incluya resultados medibles dependientes de la suerte, la habilidad o la capacidad deportiva.

Esta definición incluye deportes, competiciones atléticas, juegos recreativos y juegos de azar. Sin embargo, la CFTC no plantea prohibir automáticamente todos los contratos relacionados con estas actividades.

El regulador quiere analizar cada producto mediante un sistema de factores que permita determinar si aporta información útil, si puede manipularse, si emplea datos objetivos para su liquidación y si el mercado dispone de sistemas adecuados de vigilancia y control.

La propuesta se aplica también a contratos relacionados con actividades ilegales, terrorismo, asesinatos y guerras, asuntos expresamente mencionados en la Commodity Exchange Act.

Los resultados deportivos encuentran mejor encaje

La CFTC adopta una posición favorable hacia determinados contratos relacionados con el resultado global de una competición deportiva.

Entre los productos que tendrían menos probabilidades de ser considerados contrarios al interés público figuran los basados en:

• Marcadores finales.
• Diferencias de puntos.
• Victorias y derrotas.
• Clasificaciones y avances en torneos.
• Rendimiento estadístico de jugadores o equipos.
• Resultados acumulados durante una temporada.
 
La Comisión considera que estos mercados pueden generar información relevante sobre la probabilidad de que se produzca un resultado y contribuir a la formación de precios.

También observa que los contratos sobre resultados agregados suelen depender de la actuación conjunta de numerosos participantes. Esta circunstancia reduce la capacidad de una sola persona para determinar el desenlace y facilita la detección de posibles anomalías mediante sistemas de vigilancia.

La liquidación deberá apoyarse en información objetiva, pública y verificable, procedente preferentemente de ligas, federaciones u organismos deportivos reconocidos.

Lesiones y decisiones arbitrales, en el punto de mira

La propuesta identifica varias modalidades de contratos deportivos que probablemente serían declaradas contrarias al interés público.

La primera incluye los productos cuya liquidación dependa exclusivamente de la aparición, gravedad, duración o diagnóstico médico de la lesión de un deportista concreto.

La CFTC considera que estos contratos podrían generar incentivos económicos inadecuados, favorecer el uso de información médica no pública y presentar dificultades para establecer criterios de liquidación suficientemente objetivos.

El regulador también cuestiona los contratos basados únicamente en decisiones arbitrales, como faltas, penaltis, expulsiones, revisiones de vídeo o resoluciones disciplinarias.

La Comisión advierte de que estas situaciones dependen de decisiones rápidas y concretas adoptadas por personas identificables, lo que aumenta los riesgos para la integridad de la competición y reduce su utilidad como mecanismo predictivo.

Límites a las jugadas aisladas

El texto plantea igualmente una posición restrictiva ante los contratos que dependen de una única acción ejecutada por un jugador o equipo.

Entre los ejemplos citados aparecen el tipo de jugada elegida, el resultado de un lanzamiento concreto, un disparo específico o la comisión de una determinada falta o penalización.

La CFTC considera que estas acciones pueden estar controladas por un número muy reducido de personas y resultar más vulnerables a la manipulación o al uso de información privilegiada.

También quedarían bajo especial vigilancia los contratos vinculados exclusivamente a peleas, altercados o conductas sancionables entre participantes. Esta limitación no afectaría a deportes de combate en los que el contacto físico constituye una parte legal y esencial de la competición.

El deporte juvenil quedaría prácticamente excluido

La propuesta señala que los contratos sobre competiciones deportivas anteriores al nivel universitario presentan riesgos especiales.

El regulador menciona la menor existencia de estructuras de integridad, la dispersión de los datos, el elevado número de personas con posible acceso a información privilegiada y la utilización comercial de información relacionada con menores.

Por estos motivos, la CFTC considera probable que los contratos vinculados al deporte juvenil o preuniversitario sean declarados contrarios al interés público.

La categoría no incluiría automáticamente competiciones profesionales o internacionales organizadas por organismos reconocidos, aunque participen deportistas de distintas edades.

Los juegos de puro azar, fuera del marco

La Comisión también propone considerar contrarios al interés público los contratos cuyo resultado dependa exclusivamente de la suerte.

Según el documento, este tipo de productos carece de contenido informativo y no cumple las funciones de formación de precios, agregación de información o gestión de riesgos atribuidas a los mercados de derivados.

La valoración podría ser diferente en juegos donde la habilidad tenga un peso significativo y exista suficiente información para formular previsiones sobre los participantes.

Revisiones de hasta 90 días

La nueva Regla 40.11 establecería un procedimiento estructurado para revisar los contratos que puedan involucrar alguna de las actividades especialmente sensibles recogidas en la ley.

La Comisión podría iniciar la revisión dentro de los diez días siguientes a la presentación o inclusión del contrato. El análisis tendría una duración máxima de 90 días, salvo que el mercado afectado aceptara una ampliación.

Para impedir un producto, la CFTC tendría que emitir una resolución escrita, identificar los factores utilizados y justificar por qué el contrato resulta contrario al interés público.

El presidente del organismo, Michael S. Selig, sostiene que el nuevo marco permitirá proteger la integridad de los mercados regulados sin bloquear la innovación legítima.

La iniciativa responde al rápido crecimiento del sector. Durante 2025, el volumen negociado en los mercados predictivos registrados ante la CFTC superó los 25.000 millones de dólares. VER INFORME
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