“En primer lugar, nuestra principal “alegación” no es una alegación en sentido estricto, ya que de nada serviría el reglamento de apuestas si no se varía la tasa actual que hay sobre las apuestas en la CA andaluza; un 10% sobre las cantidades jugadas, lo que viene a ser un 50% sobre el win, que haría inviable el que una empresa licenciataria de apuestas desarrollara su actividad desde un punto de vista comercial.
En cuanto al capítulo de alegaciones entendemos importante que se aclare en el texto que las que quedan excluidas del mismo son las apuestas mutuas hípicas, y que el resto de modalidades de apuestas se regirán por el mismo reglamento.
Hacemos varias peticiones en el sentido que se armonice con el resto de reglamentos de otras CCAA, como son, a modo de ejemplo: permitir el servicio anexo de restauración en las tiendas de apuestas; que el importe mínimo de cada apuesta sea de 0,20€; que el pago se pueda realizar por cualquier forma admitida a derecho, así como otras peticiones de carácter funcional tales como flexibilidad de horarios ampliados en caso de eventos especiales”.
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