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  Cuatrecasas ANALIZA la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la condición de “consumidor” de los jugadores de póker profesionales

 
Cuatrecasas ha publicado un minucioso análisis de la sentencia de la Sala Sexta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en lo referente a la interpretación de la condición de “consumidor” de los jugadores de póker profesionales en los contratos de juegos online.
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A continuación, hacemos un resumen de los aspectos más destacados del análisis realizado por Mónica Ferrer y Jorge Monclús, ambos asociados de este reconocido bufete.

Los autores antes de realizar su análisis aclaran que el jugador cuyo caso analizó el TJUE, había vivido durante varios años de los ingresos obtenidos en partidas de póker a las cuales dedicaba una media de 9 horas/día laborable. En este sentido destacan que se trataba de una actividad no declarada y que tampoco ofrecía a terceros esta actividad en el mercado como servicio de pago.

También, mencionan que el TJUE reiteró en su sentencia la necesidad de realizar una interpretación estricta del artículo 15.1 del Reglamento 44/2001, en el que se establece que la competencia judicial será aplicable siempre y cuando se cumplan, de manera cumulativa, los siguientes tres requisitos:

Que una parte contractual tenga la condición de consumidor que actúa en un contexto que pudiere considerarse ajeno a su actividad profesional;
Que se haya celebrado efectivamente el contrato entre dicho consumidor y un profesional; y
Que ese contrato pertenezca a una de las categorías incluidas en el referido art. 15.1, letras a) – c).

Según el TJUE para considerar al Jugador como “consumidor” deberán examinarse estos aspectos:
  • Los importes ganados por el Jugador
  • El conocimiento previo del Jugador
  • La evolución de la relación contractual
  • La cantidad de horas que el Jugador dedicaba a la actividad de póker

En este sentido, según el TJUE corresponde al órgano jurisdiccional del país de origen determinar si el Jugador actuó efectivamente al margen e independientemente de cualquier actividad profesional y establecer las consecuencias de ello.

Asimismo, según los autores el Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece los parámetros para el análisis de cada caso y determinar si el jugador tiene o no la consideración de consumidor, condición que tiene la protección de la normativa comunitaria.

Leer EL TJUE ANALIZA LA CONDICIÓN DE “CONSUMIDOR” DE LOS JUGADORES DE PÓKER PROFESIONALES en el blog de Cuatrecasas

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